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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 4946/2014

16/12/2014

Inscríbase a la empresa a CONSOLTRADE S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales con el número NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO (944) en las condiciones establecidas en el presente y sin perjuicio de las ulteriores acciones de verificación que se dispongan en mérito a la información proporcionada en orden a lo dispuesto por el Decreto N° 1187/93 y el Anexo I de la Resolución CNC N° 1811/05. Disponer que la inscripción acordada en el artículo precedente sólo habilita la oferta y prestación COURIER DE SERVICIOS INTERNACIONALES DE IMPORTACIÓN y EXPORTACION; bajo la modalidad pactada, con cobertura con medios propios en el ámbito nacional en forma total en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, y en el ámbito internacional mediante convenio de reenvío celebrado con DHL EXPRESS (ARGENTINA) S.A. para AMERICA DEL SUR, AMERICA CENTRAL, EUROPA, ASIA, AFRICA, OCEANIA y AMERICA DEL NORTE, además en esta última mediante convenio de redespacho con DHL EXPRESS (ARGENTINA) S.A. y contrato de agencia con 7 CARGO CORP. Establecer que, sin perjuicio del mantenimiento de la inscripción otorgado en el artículo 1°, cualquier modificación sustancial de la información declarada bajo Formularios RNPSP 006, 007 y 008 exigirá la reformulación de la presentación exigida por el Anexo II de la Resolución CNC N° 1811/05 y el previo pronunciamiento de esta instancia en los términos del artículo 17 in fine del Decreto N° 1187/93, a los efectos de modificar lo resuelto en el artículo 2° de la presente. Establecer que el vencimiento del plazo previsto por el artículo 2° de la Resolución CNCT N° 7/96 para que la empresa CONSOLTRADE S.R.L. acredite el cumplimiento anual de los requisitos previstos para el mantenimiento de su inscripción operará el 30 de noviembre de 2015. Establecer que, en función de lo establecido por la Resolución CNC Nro. 3252/04, el presente acto no habilita la oferta y prestación del servicio de carta documento, debiéndose, en consecuencia, proceder conforme lo establecido en la mencionada resolución. Intímese a la firma CONSOLTRADE S.R.L. para que en el plazo de DIEZ (10) días hábiles de notificada, presente el Instrumento Jurídico que acredite la disponibilidad del box o sector en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza, otorgado por la empresa concesionaria Aeropuertos Argentina 2000 S.A. Intímese a la empresa para que en un plazo de DIEZ (10) días hábiles de notificada la presente adjunte un nuevo formulario RNPSP 008 en el cual deberá consignar la cantidad correcta de empleados. — Ing. CEFERINO A. NAMUNCURÁ, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones. — Ing. NICOLÁS KARAVASKI, Subinterventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.

e. 28/01/2015 N° 4958/15 v. 28/01/2015

Fecha de publicación 28/01/2015