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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 77/2015

Danse por prorrogadas designaciones en la Agencia de Administración de Bienes del Estado.

Bs. As., 21/1/2015

VISTO el Expediente N° 0239/2014 del Registro de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 27.008 y los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 1341 del 10 de septiembre de 2013 y 1551 del 9 de octubre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.008 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015.

Que por el artículo 7° de la citada ley se establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Que, asimismo, por el segundo párrafo del citado artículo, se establece que quedan exceptuados de lo previsto precedentemente los cargos correspondientes a las autoridades superiores de la Administración Pública Nacional, al personal científico y técnico de los organismos indicados en el inciso a) del artículo 14 de la Ley 25.467, los correspondientes a los funcionarios del Cuerpo Permanente Activo del Servicio Exterior de la Nación, los cargos de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, del Hospital Nacional “Profesor Alejandro Posadas” y los de las jurisdicciones y entidades cuyas estructuras organizativas hayan sido aprobadas durante los años 2012 y 2013, así como los del personal de las fuerzas armadas y de seguridad, incluido el Servicio Penitenciario Federal, por reemplazos de agentes pasados a situación de retiro y jubilación o dados de baja durante el presente ejercicio.

Que mediante el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que mediante el Decreto N° 1341 del 10 de septiembre de 2013 se designó transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir del dictado de esa medida, a la Arquitecta Da. Andrea Daniela MERCADO (D.N.I. N° 25.250.984), como Directora Nacional de Planeamiento de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, entre otros.

Que mediante el Decreto N° 1551 del 9 de octubre de 2013 se designó transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir del dictado de dicho decreto, al personal de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO consignado en el Anexo II que forma parte integrante de dicha medida.

Que resulta necesario prorrogar las designaciones citadas precedentemente.

Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.

Que el artículo 6° del Decreto N° 601 de fecha 11 de abril de 2002 y su modificatorio, reglamentario del Decreto N° 491/02, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002.

Que los agentes involucrados en la presente medida, se encuentran exceptuados de lo establecido en el artículo 6° del Decreto N° 601/02 y su modificatorio, por haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención correspondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Dáse por prorrogada, a partir del 18 de junio de 2014 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir de la fecha del presente decreto, la designación efectuada en los términos del Decreto N° 1341 del 10 de septiembre de 2013, de la Arquitecta Da. Andrea Daniela MERCADO (D.N.I. N° 25.250.984), en un cargo Nivel A, Grado 0, como Directora Nacional de Planeamiento de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, autorizándose el correspondiente pago por la Función Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 14 del referido SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Art. 2° — Dánse por prorrogadas, a partir del 8 de julio de 2014 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir de la fecha del presente decreto, las designaciones transitorias efectuadas en los términos del Decreto N° 1551 del 9 de octubre de 2013, del personal de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, en los cargos, niveles, unidades organizativas y autorizándose el pago de las Funciones Ejecutivas que allí se detallan, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 14 del referido SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Art. 3° — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente acto.

Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas correspondientes a la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ENTIDAD 205 - AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich.

ANEXO

Fecha de publicación 02/02/2015