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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Decreto 67/2015

Designación en el Consejo Directivo de la Autoridad Cuenca Matanza Riachuelo.

Bs. As., 19/1/2015

VISTO la Ley N° 26.168, el Decreto N° 216 de fecha 04 de febrero de 2010 y el Expediente N° 1-2002-28340-/14-3 del Registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 26.168 se creó la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR), como ente de derecho público interjurisdiccional, en el ámbito de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por Decreto N° 216/10 se designó al Secretario de Determinantes de la Salud y Relaciones Sanitarias del MINISTERIO DE SALUD, Doctor Eduardo Mario BUSTOS VILLAR (DNI N° 6.897.817), representante del PODER EJECUTIVO NACIONAL ante la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR), a los efectos de integrar el Consejo Directivo de la misma.

Que el citado funcionario presentó su renuncia como representante del PODER EJECUTIVO NACIONAL ante la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR), haciéndose necesario en consecuencia, cubrir la vacante dejada en el Consejo Directivo de la misma.

Que a esos efectos se propicia la designación del Subsecretario de Medicina Comunitaria, Maternidad e Infancia de la SECRETARIA DE SALUD COMUNITARIA del MINISTERIO DE SALUD, Doctor Nicolás KREPLAK (DNI N° 28.909.360).

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL y de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 26.168.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Desígnase al señor Subsecretario de Medicina Comunitaria, Maternidad e Infancia de la SECRETARIA DE SALUD COMUNITARIA del MINISTERIO DE SALUD, Doctor Nicolás KREPLAK (DNI N° 28.909.360), representante del PODER EJECUTIVO NACIONAL ante la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR), a los efectos de integrar el Consejo Directivo de la misma.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Juan L. Manzur.

Fecha de publicación 02/02/2015