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16 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE POSADAS

Código Aduanero Ley 22.415 - Artículo 1112, Inc. A)
Por ignorarse los domicilios se notifica a las personas que más abajo se mencionan, que en las actuaciones tramitadas por ante esta dependencia en las que se encontraban involucradas como imputados y por delitos aduaneros y fueron condenados en sede judicial en los términos de los arts. 863, 864, 871 y 874 del C.A. y Arts. 5, 12, 26, 29 inc. 3), 40 y 45 del C.P., criterio que fuera adoptado por esta División Aduana en los términos de los arts. 876 y 1026 del C.A. Respecto a las mercaderías afectadas se procedió a darle destinación aduanera en los términos de los arts. 429, 439, 448 y cctes. del C.A., y de conformidad con lo establecido en los arts. 44 de la Ley 25.986 que sustituye el art. 6 de la Ley 25.603. A aquellos imputados por infracciones aduaneras se les notifica que han recaído Fallos donde se condenan a las multas referidas y al comiso de las mercaderías oportunamente secuestradas, intimándose al pago de la multa impuesta dentro del plazo de quince (15) días de ejecutoriada en sede administrativa, bajo apercibimiento del procedimiento de ejecución establecido por el art. 1122 y sgtes. del citado texto legal. Asimismo se les hace saber que contra los Fallos recaídos podrán interponer Demandas Contencioso y/o Recursos de Apelación ante la Justicia Federal y/o Tribunal Fiscal de la Nación respectivamente en el plazo mencionado (art. 1132 y 1133 C.A.). Firmado: Sr. Julio DE LA VEGA, Administrador de la Aduana de Posadas, Misiones.

e. 02/02/2015 Nº 6331/15 v. 02/02/2015

Fecha de publicación 02/02/2015