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6 de Julio de 1970

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Primera sección


MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Decisión Administrativa 43/2015

Dase por aprobada contratación.

Bs. As., 20/2/2015

VISTO el Expediente N° S02:0003579/2012, cuerpos I y II del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, los Decretos N° 202 del 30 de enero de 1991, N° 601 del 11 de abril de 2002, N° 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, N° 1622 del 12 de octubre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a las normas mencionadas en el Visto tramita la propuesta de contratación de la persona especializada a celebrarse en el ámbito de la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que por el artículo 1° del Decreto N° 577/03 y modificatorios, se estableció que los contratos de locación de servicios personales, convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral o multilateral, nacional e internacional, serán aprobados por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos con honorarios correspondientes a la máxima función en virtud de lo dispuesto por el ANEXO 2 del artículo 7° del ANEXO I del Decreto N° 2345/08 y sus modificatorios.

Que en la contratación propiciada se configura el supuesto previsto en el artículo 1° del Decreto N° 577/03 y sus modificatorios, correspondiendo a quien suscribe disponer su aprobación.

Que el Decreto N° 202/91 dispuso la creación de la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL del PROGRAMA DE SANEAMIENTO FINANCIERO Y DESARROLLO ECONOMICO DE LAS PROVINCIAS ARGENTINAS (UEC).

Que por Decreto N° 1622/11 se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 2499/OC-AR para la ejecución del PROGRAMA DE DESARROLLO DE AREAS METROPOLITANAS DEL INTERIOR, suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que el artículo 7° del Decreto citado en el considerando anterior estableció que la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL del PROGRAMA DE SANEAMIENTO FINANCIERO Y DESARROLLO ECONOMICO DE LAS PROVINCIAS ARGENTINAS (UEC) mantendrá la estructura aprobada por el Anexo IV del Decreto N° 202/91.

Que por el referido modelo de Contrato de Préstamo el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se comprometió a asistir financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA, a fin de posibilitar la ejecución del PROGRAMA DE DESARROLLO DE AREAS METROPOLITANAS DEL INTERIOR, el cual se desarrolla bajo la coordinación y supervisión general de la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que el objetivo general del PROGRAMA DE DESARROLLO DE AREAS METROPOLITANAS DEL INTERIOR es contribuir a mejorar el funcionamiento de los servicios en las Áreas Metropolitanas del Interior (“AMI”) en pro de mejorar la calidad de vida de su población y la competitividad de sus economías urbanas.

Que los objetivos específicos del PROGRAMA DE DESARROLLO DE AREAS METROPOLITANAS DEL INTERIOR implican diseñar y poner en ejecución iniciativas de asociación entre municipios para llevar a cabo inversiones de interés común y la provisión de servicios en el espacio de la aglomeración, asistir a funcionarios municipales y provinciales en el diseño e implantación de los mecanismos innovadores de gestión, operación y mantenimiento de las tareas y servicios en coordinación con el sector privado y organizaciones de la sociedad civil en la gestión metropolitana, apoyar la preparación de planes y programas de promoción, regulación y control del desarrollo urbano del área metropolitana, planes estratégicos y maestros metropolitanos que coordinen los programas de uso del suelo municipal, incluyendo la designación de áreas de expansión urbana, medidas de protección ambiental y manejo de cuencas, entre otros, así como preparar proyectos de inversión de alcance metropolitano para postular con financiamientos federales o provinciales, en sectores tales como, agua potable y saneamiento, drenaje pluvial, movilidad, seguridad vial, infraestructura de salud y educación, parques metropolitanos, equipamiento de deportes y recreación.

Que por resultar necesario proceder a la contratación de una persona especializada para el PROGRAMA DE DESARROLLO DE AREAS METROPOLITANAS DEL INTERIOR, la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha elevado la propuesta de contratación de la persona que se detalla en el Anexo I que integra esta medida.

Que la contratación en cuestión será financiada con recursos provenientes del PROGRAMA DE DESARROLLO DE AREAS METROPOLITANAS DEL INTERIOR (Préstamo BID 2499/OC-AR).

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente asignado a la Jurisdicción 30 —MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE— PROGRAMA 19 - ACTIVIDAD 12, aprobado para el ejercicio 2015 por la Ley N° 27.008, a fin de atender el gasto resultante de la contratación alcanzada por la presente medida.

Que la persona involucrada en el presente acto ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto N° 601/02.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 1° del Decreto N° 577/03 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobada la contratación celebrada entre la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y la persona que se detalla en el Anexo I del presente acto, conforme las condiciones allí consignadas.

Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será financiado con recursos provenientes del PROGRAMA DE DESARROLLO DE AREAS METROPOLITANAS DEL INTERIOR, Contrato de Préstamo BID 2499/OC-AR y se imputará con cargo a la partida específica de la Jurisdicción 30 —MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE— PROGRAMA 19 - ACTIVIDAD 12.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.

ANEXO I

Fecha de publicación 27/02/2015