ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DVSAPLA 2
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).
EDICTO N°
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución … “ARTICULO 1°: DESESTIMAR la denuncia incoada en relación a la mercadería detallada en el Renglón 2, Subítem 2 del Acta Lote N° ….., por ser la misma de origen nacional, en los términos del Art. 1090, inc. b) del Código Aduanero. ARTICULO 2°: ARCHIVAR la presente denuncia, procediendo previamente a la entrega de la mercadería del Acta Lote N° ……. en los términos de la citada Instrucción General N° 02/2007, es decir, previa acreditación de su Clave Unica de Identificación Tributaria y pago de los tributos que se liquiden, debiendo acompañar los certificados e intervenciones que correspondan o en su defecto, proceder conforme la normativa establecida por la Sección V, Título II de la Ley N° 22.415 o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos.- Fdo.: Abog Edgardo Paolucci - Firma Responsable - Depto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 19/03/2015 N° 18835/15 v. 19/03/2015
Fecha de publicación 19/03/2015