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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 538/2015

2/3/2015

Disponer el mantenimiento de la inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales de la empresa WEST MAIL S.A. con el número SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO (748) en las condiciones establecidas en el presente y sin perjuicio de las ulteriores acciones de verificación que se dispongan en mérito a la información proporcionada en orden a lo dispuesto por el Decreto N° 1187/93 y el Anexo II de la Resolución CNC N° 1811/05. Establecer que el mantenimiento acordado en el artículo precedente sólo habilita la oferta y prestación de servicios subsumibles en las categorías básicas de CARTA SIMPLE y CARTA CERTIFICADA, con cobertura parcial con medios propios en la provincia de MENDOZA —únicamente en el GRAN MENDOZA conformado por los departamentos de la CIUDAD DE MENDOZA, GODOY CRUZ, GUAYMALLEN, LAS HERAS, LUJÁN DE CUYO y MAIPÚ (códigos postales 5500 - 5511 - 5513 - 5515 - 5517 - 5529 - 5531 - 5501 - 5544 - 5547 - 5539 - 5541 - 5543 - 5545 - 5551 - 5503 - 5505 - 5507 - 5509 - 5519 - 5521 - 5523 - 5525). Establecer que, sin perjuicio del mantenimiento de la inscripción otorgado en el artículo 1°, cualquier modificación sustancial de la información declarada bajo Formularios RNPSP 006, 007 y 008 exigirá la reformulación de la presentación exigida por el Anexo II de la Resolución CNC N° 1811/05 y el previo pronunciamiento de esta instancia en los términos del artículo 17 in fine del Decreto N° 1187/93, a los efectos de modificar lo resuelto en el artículo 2° de la presente. Establecer que el vencimiento del plazo previsto por el artículo 2° de la Resolución CNCT N° 7/96 para que la empresa WEST MAIL S.A. acredite el cumplimiento anual de los requisitos previstos para el mantenimiento de su inscripción operará el 29 de enero de 2016. Establecer que, en función de lo establecido por las Resoluciones CNC N° 1409/02 y 3252/04, el presente acto no habilita la oferta y prestación de los servicios internacionales y de carta documento, respectivamente, debiéndose en consecuencia, proceder conforme lo establecido en las mencionadas resoluciones. Intimar a WEST MAIL S.A. para que en el plazo de DIEZ (10) días hábiles, presente nueva certificación bancaria de cuentas sueldo emitida por el Banco Francés S.A. sucursal Maipú de la Provincia de Mendoza, que contenga fecha, denominación o razón social de la empresa, CUIT, cantidad de empleados con cuenta sueldo, detallando el nombre, apellido y número de CUIL de cada uno de ellos, y firma y sello de la entidad bancaria en original. — Ing. CEFERINO A. NAMUNCURÁ, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones. — Ing. NICOLÁS KARAVASKI, Subinterventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.

e. 20/03/2015 N° 19573/15 v. 20/03/2015

Fecha de publicación 20/03/2015