COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 507/2015
27/2/2015
Rectifíquese el error material detectado en la Resolución CNC N° 72 de fecha 27 de enero de 2015 y donde dice “ARTÍCULO 5°.- Disponer que el vencimiento del plazo previsto por el artículo 2° de la Resolución CNCT N° 7/96 para que la firma CORREO DEL INTERIOR S.A. acredite el cumplimiento anual de los requisitos previstos para el mantenimiento de su inscripción operará el 31 de Marzo de 2015”, léase: “ARTÍCULO 5º.- Disponer que el vencimiento del plazo previsto por el artículo 2° de la Resolución CNCT N° 7/96 para que la firma CORREO DEL INTERIOR S.A. acredite el cumplimiento anual de los requisitos previstos para el mantenimiento de su inscripción operará el 27 de febrero de 2015. Rectifíquese el error material detectado en la Resolución CNC N° 72 de fecha 27 de enero de 2015 y donde dice “ARTÍCULO 7°.- Disponer que la presente resolución incluye también el mantenimiento de inscripción correspondiente a los períodos marzo 2013/2014” deberá decir: “ARTÍCULO 7°.- Disponer que la presente resolución incluye también el mantenimiento de inscripción correspondiente a los períodos febrero 2013/2014”. Notifíquese por cédula a la firma CORREO DEL INTERIOR S.A., a la cual se acompañará copia certificada de la presente Resolución. — Ing. CEFERINO A. NAMUNCURÁ, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones. — Ing. NICOLÁS KARAVASKI, Subinterventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 20/03/2015 N° 19570/15 v. 20/03/2015
Fecha de publicación 20/03/2015