MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
Resolución 39.025/2015
Expediente N° 60.101 - Verificación cumplimiento Leyes N° 20.091, 22.400 y reglamentación dictada en consecuencia por parte de Capital Broker S.A. Síntesis:
20/3/2015
VISTO... Y CONSIDERANDO…
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Disponer la suspensión de la tramitación del presente Expediente N° 60.101.
ARTÍCULO 2° — Disponer la inhabilitación de la sociedad de productores asesores de seguros CAPITAL BROKER S.A. (matrícula N° 1026), hasta tanto comparezca a estar a derecho munida de los libros de registros obligatorios llevados en legal forma y los elementos requeridos por la inspección actuante a fs. 3/5.
ARTÍCULO 3° — La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de las medidas dispuestas en los artículos precedentes.
ARTÍCULO 4° — Regístrese, notifíquese al domicilio constituido ante el Registro de Sociedades de Productores Asesores de Seguros, sito en FLORIDA N° 681 9° PISO OFICINA 71 (C.P. 1005) - CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. JUAN ANTONIO BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
e. 27/03/2015 N° 20934/15 v. 27/03/2015
Fecha de publicación 27/03/2015