MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
Resolución 39.010/2015
Expediente N° 62.530 - Verificación cumplimiento Leyes N° 20.091, 22.400 y reglamentación dictada en consecuencia por parte del PAS Casullo Daniel Humberto. Síntesis:
20/3/2015
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Disponer la suspensión de la tramitación del presente Expediente N° 62.530.
ARTÍCULO 2° — Disponer la inhabilitación del productor asesor de seguros Sr. Daniel Humberto CASULLO (matrícula N° 55.542), hasta tanto comparezca a estar a derecho munido de los libros de registros obligatorios llevados en legal forma.
ARTÍCULO 3° — La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará nota de lo dispuesto en el artículo anterior.
ARTÍCULO 4° — Regístrese, notifíquese en el domicilio constituido ante el Registro de Productores Asesores de Seguros, sito en MANZANA “D” TIRA 26 CASA 523 (C.P. 3500) - RESISTENCIA - CHACO, y publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. JUAN ANTONIO BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
e. 30/03/2015 N° 20833/15 v. 30/03/2015
Fecha de publicación 30/03/2015