ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución 90/2015
Acta N° 1358 Expediente ENRE N° 40.544/2014
Bs. As., 19/3/2015
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Sancionar a la “EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE CUYO SOCIEDAD ANÓNIMA” (“DISTROCUYO S.A.”) en la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 165.476,45) correspondientes al período comprendido entre los meses de diciembre 2013 a mayo de 2014, por incumplimientos a lo dispuesto en el Artículo 22 Inciso a) de su Contrato de Concesión y al Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte por Distribución Troncal contenido en el Anexo II-B del mencionado Contrato, cuyo detalle, duración y montos de penalización se efectúa en los Anexos I, II, III, IV, V y VI y XVI al Informe Técnico y Legal, obrantes a fojas 31/73. 2.- Instruir a “DISTROCUYO S.A.” para que de conformidad con lo dispuesto en el Apartado 6.1.3 de la Cláusula Sexta del Acta Acuerdo -refrendada mediante Decreto PEN N° 1.464/2005- destine a la ejecución de inversiones adicionales la suma de PESOS CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO CINCO CON NOVENTA CENTAVOS ($ 52.105,90) resultante de las sanciones aplicadas por indisponibilidades referidas a conexión/transformación y salidas -Anexos I, II, III, IV, V, VI y VII al Informe Técnico y Legal, obrantes a fojas 31/59 de estas actuaciones, ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 10 del Convenio de Renovación del Acuerdo Instrumental de la referida Acta Acuerdo. 3.- Instruir a CAMMESA para que efectúe el descuento de PESOS CIENTO TRECE MIL TRESCIENTOS SETENTA CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 113.370,55) -correspondiente a líneas- sobre la liquidación de venta de “DISTROCUYO S.A.”, de conformidad con el detalle efectuado en el Anexo VIII del Informe Técnico y Legal, obrante a fojas 60. 4.- Establecer, en los términos de lo dispuesto en el Artículo 25 del Anexo II-B del contrato de concesión de “DISTROCUYO S.A.” y conforme a la metodología de cálculo y asignación de pago por los usuarios y demás especificaciones detalladas en el Anexo II de la Resolución ENRE N° 462/2001, el incentivo mensual asociado al desempeño logrado por la Transportista durante los doce (12) meses anteriores al período comprendido entre diciembre de 2013 y mayo de 2014, respecto del nivel de calidad registrado en el primer período tarifario en la suma de PESOS VEINTIOCHO MIL CIENTO SETENTA Y CINCO CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 28.175,94) de acuerdo al detalle que se efectúa en los Anexo IX, X, XI, XII, XIII y XIV y cuyo total consta en el Anexo XV al Informe Técnico y Legal, obrantes a fojas 61/73. 5.- Instruir a CAMMESA para que, a los efectos del pago del incentivo mensual establecido en el Artículo 4, efectúe los correlativos débitos a los Usuarios del sistema de transporte de acuerdo al procedimiento definido en el Anexo II a la Resolución ENRE N° 462/2001 para ser acreditados sobre la liquidación de venta de “DISTROCUYO S.A.”. 6.- Notifíquese a CAMMESA y a “DISTROCUYO S.A.” lo dispuesto en este Acto, con copia de los Anexos de fojas 31/74. Hágase saber que: a) se le otorga vista del Expediente por única vez y por el término de diez (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación del Presente; y b) la presente Resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: (i) por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el Artículo 84 del Reglamento de la Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto PEN N° 1.759/1972 (Texto Ordenado en 1991), dentro de los diez (10) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de notificada la presente, como así también, (ii) en forma subsidiaria o alternativa, por la vía del Recurso de Alzada previsto en el Artículo 94 del citado Reglamento y en el Artículo 76 de la Ley N° 24.065, dentro de los quince (15) días hábiles administrativos contados de igual manera, y (iii) mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal contemplado en el Artículo 81 de la Ley N° 24.065, dentro de los treinta (30) días hábiles judiciales contados de igual forma que en los supuestos anteriores. 7.- Publíquese la presente Resolución en la página web del ENRE, conjuntamente con los Anexos de fojas 31/74. Firmado: Federico Basualdo Richards - Vocal Primero - Enrique Gustavo Cardesa - Vocal Segundo - Valeria Martofel - Vocal Tercera - Luis Miguel Barletta - Vicepresidente - Ricardo Martínez Leone - Presidente.
El Anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero N° 1020 10° piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17.30.
RICARDO A. MARTINEZ LEONE, Presidente, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.
e. 01/04/2015 N° 22461/15 v. 01/04/2015
Fecha de publicación 01/04/2015