MINISTERIO DE SALUD
Resolución 117/2015
Bs. As., 1/4/2015
VISTO el Expediente N° 1-2002-2625/15-8 del registro del MINISTERIO DE SALUD, el Decreto N° 1286 del 9 de septiembre de 2010 y las Resoluciones Ministeriales N° 112 de fecha 4 de febrero de 2011, y N° 754 de fecha 26 de Mayo de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 1286/10 se creó el INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER, cuyas misiones comprenden, entre otras, las de dirigir y apoyar la investigación, capacitación y distribución de la información médica.
Que por la Resolución Ministerial N° 112/11 se creó el “Programa de Promoción de la Investigación en Cáncer” en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER, con el objetivo de fortalecer y mejorar la investigación en cáncer en la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que, por Resolución Ministerial N° 754/14, se han aprobado las bases y condiciones de la convocatoria “Becas de Investigación en Cáncer para finalización de doctorado y/o postdoctorado en el ámbito nacional III”, de acuerdo a los lineamientos específicos detallados en el ANEXO II de dicha norma.
Que las solicitudes a las mismas fueron valoradas y seleccionadas por una Comisión Evaluadora, designada por el Consejo Ejecutivo del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER, compuesta por integrantes de reconocida trayectoria en el ámbito de la investigación en cáncer.
Que en el ANEXO II punto 3 de la citada Resolución Ministerial N° 754/14, se especifica que se entregarán DIEZ (10) Becas de Investigación en Cáncer para finalización de doctorado y/o realización de actividades de formación postdoctoral con UN (1) año calendario de duración.
Que corresponde dictar el acto administrativo de asignación de fondos destinados a atender los gastos originados en la convocatoria mencionada anteriormente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello,
EL MINISTRO
DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase la nómina de los DIEZ (10) beneficiarios de la Convocatoria de “Becas de Investigación en Cáncer para finalización de doctorado y/o postdoctorado en el ámbito nacional III”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 754/14, que se detallan en el ANEXO I que forma parte de la presente.
ARTICULO 2° — El estipendio mensual y total a percibir por cada becario consta detallado en el ANEXO I que forma parte de la presente resolución, y la duración de la beca es de UN (1) año calendario, con principio de ejecución a partir del 1° de Marzo de 2015 al 29 de Febrero de 2016.
ARTICULO 3° — Déjase establecido que la continuidad del beneficio al que alude el artículo precedente queda sujeta a las prescripciones pautadas en el Anexo II de la Resolución Ministerial N° 754/14.
ARTICULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será afectado a las partidas específicas del presupuesto vigente.
ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Dr. DANIEL GUSTAVO GOLLAN, Ministro de Salud.
ANEXO I
e. 08/04/2015 N° 23485/15 v. 08/04/2015
Fecha de publicación 08/04/2015