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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica PRODUCTOS COSMÉTICOS

Disposición 2458/2015

Prohibición de uso y comercialización.

Bs. As., 1/4/2015

VISTO el Expediente N° 1-47-1110-7-15-3 del registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones citadas en el Visto se originan a raíz de una denuncia efectuada por un particular vía correo electrónico a la Dirección de Vigilancia de Productos Para la Salud (DVS), sobre una publicación para la venta en los sitios web http://la-bronze.com/es y https://www.facebook.com/LABronzeBsAs de productos cosméticos autobronceantes marca LA BRONZE, por sospecha de ilegitimidad.

Que por Orden de Inspección N° 2014/1441- DVS-438, en el marco de una inspección de Control de Mercado, personal de la DVS se apersona en el establecimiento “L.A. BRONZE CUSTOM AIRBRUSH TANNING de Francisco March” con domicilio en la calle Fray Justo Santa María de Oro 2742 2° D - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que en dicho procedimiento se retiraron para posterior verificación de inscripción los productos que se detallan a continuación, en cuyos rótulos puede leerse: 1) L.A. BRONZE SUNLESS TANNING SOLUTION, Paraben Free, Hiperalergenic, codificado con las siglas 070114182 WF034 - 0116BB01 01/31/16, cuyo rótulo se encuentra escrito en inglés y el envase carece en su rotulado de los datos de inscripción del producto a nivel nacional (Nº de legajo del establecimiento importador y Res. N° 155/98), datos del responsable de comercialización y del contenido neto; 2) L.A. BRONZE CUSTOM AIRBRUSH TANNING Instant Beauty Sunless Tanning Aerosol, NET WT. 7 OZ, codificado con los números 11300, cuyo rótulo se encuentra escrito en inglés y el envase carece en su rotulado de los datos de inscripción del producto a nivel nacional (N° de legajo del establecimiento importador y Res. N° 155/98), datos del responsable de comercialización y de la fecha de vencimiento; 3) LA BRONZE CUSTOM AIRBRUSH TANNING Tan Extender PH Balanced - With DHS, NET WT. 8 OZ, codificado con los números 9431, cuyo rótulo se encuentra escrito en inglés y el envase carece en su rotulado de los datos de inscripción del producto a nivel nacional (N° de legajo del establecimiento importador y Res. N° 155/98), datos del responsable de comercialización y de la fecha de vencimiento.

Que en referencia a los productos ut-supra mencionados, el inspeccionado manifestó que esta línea de productos es importada en forma directa desde Los Ángeles - Estados Unidos por la firma L.A. BRONZE CUSTOM AIRBRUSH TANNING de Francisco March, en carácter de responsable de la comercialización de estos productos en Argentina; siendo el proveedor de origen la firma L.A. BRONZE INTL LLC, aportando al respecto la documentación de adquisición de los productos mencionados en los ítems 1 y 3.

Que asimismo la inspeccionada expresó que el establecimiento se dedica a la aplicación y venta de productos de bronceado, agregando que no cuenta con la debida habilitación de la ANMAT para realizar la actividad de importación de Productos Cosméticos, y que los productos marca LA BRONZE no se encuentran inscriptos ante la autoridad sanitaria competente.

Que con el objetivo de verificar si los productos ut-supra detallados están inscriptos ante la ANMAT, se realizó la consulta en la base de datos de admisión automática de Productos Cosméticos no hallándose antecedentes de inscripción que respondan a esos nombres y marca.

Que en consecuencia la Dirección de Vigilancia de Productos Para la Salud, a fin de proteger a eventuales adquirientes y usuarios de los productos involucrados, toda vez que se trata de productos que carecen de inscripción ante esta Autoridad Sanitaria y han sido ingresados al país por un establecimiento no habilitado ante la ANMAT como importador de productos cosméticos, sugiere prohibir preventivamente el uso y la comercialización de los productos cosméticos descriptos.

Que la medida aconsejada por el organismo actuante deviene ajustada a derecho, de acuerdo a las facultades conferidas por los Artículos 8º, incisos n) y ñ) y 10º, inciso q) del Decreto 1490/92.

Que la Dirección de Vigilancia de Productos Para la Salud y la Dirección General de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 1490/92 y el Decreto N° 1886/14.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL
DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL
DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS
Y TECNOLOGÍA MÉDICA
DISPONE:

Artículo 1° — Prohíbese el uso y comercialización en todo el territorio nacional, de los siguientes productos rotulados como: 1) L.A. BRONZE SUNLESS TANNING SOLUTION, Paraben Free, Hiperalergenic, codificado con las siglas 070114182 WF034 - 0116BB01 01/31/16, cuyo rótulo se encuentra escrito en inglés y el envase carece en su rotulado de los datos de inscripción del producto a nivel nacional (N° de legajo del establecimiento importador y Res. N° 155/98), datos del responsable de comercialización y del contenido neto; 2) L.A. BRONZE CUSTOM AIRBRUSH TANNING Instant Beauty Sunless Tanning Aerosol, NET WT. 7 OZ, codificado con los números 11300, cuyo rótulo se encuentra escrito en inglés y el envase carece en su rotulado de los datos de inscripción del producto a nivel nacional (N° de legajo del establecimiento importador y Res. N° 155/98), datos del responsable de comercialización y de la fecha de vencimiento; 3) LA BRONZE CUSTOM AIRBRUSH TANNING Tan Extender PH Balanced - With DHS, NET WT. 8 OZ, codificado con los números 9431, cuyo rótulo se encuentra escrito en inglés y el envase carece en su rotulado de los datos de inscripción del producto a nivel nacional (Nº de legajo del establecimiento importador y Res. Nº 155/98), datos del responsable de comercialización y de la fecha de vencimiento, por los fundamentos expuestos en el Considerando.

Art. 2° — Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, comuníquese a las autoridades sanitarias provinciales y a la del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección de Planificación y Relaciones Institucionales. Cumplido, archívese. — Rogelio López.

Fecha de publicación 09/04/2015