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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

Resolución 260/2015

Bs. As., 1/4/2015

VISTO el Expediente N° 2858/14 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones del Visto documentan la solicitud formulada por el CONSEJO GENERAL DE EDUCACION, de la provincia de ENTRE RIOS, tendiente a obtener autorización para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, conforme lo dispuesto por el artículo 149 de la Ley N° 26.522 y en el marco de Convenio de Cooperación ME N° 797/11, celebrado entre el MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN, la COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES y esta AUTORIDAD FEDERAL.

Que el artículo 149 de la Ley N° 26.522 establece que “...La autoridad de aplicación podrá otorgar, en forma directa por razones fundadas, autorizaciones para la operación de servicios de radiodifusión a establecimientos educativos de gestión estatal. El titular de la autorización será la autoridad educativa jurisdiccional, quién seleccionará para cada localidad los establecimientos que podrán operar el servicio de comunicación audiovisual”.

Que en ese orden, el peticionante seleccionó para tal fin a la ESCUELA SECUNDARIA N° 7 “ANA CORONA DE OJEDA”, de la localidad de SAN JOSE DE FELICIANO, de la provincia de ENTRE RIOS.

Que, por su parte, la COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES asignó para el presente trámite el canal 215, frecuencia 90.9 MHz., con categoría “F”, y señal distintiva LRS901, para la localidad de SAN JOSE DE FELICIANO, provincia de ENTRE RIOS.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 12, inciso 8) y 149 de la Ley N° 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Autorízase al CONSEJO GENERAL DE EDUCACION, de la provincia de ENTRE RIOS, a la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en el ámbito de la ESCUELA SECUNDARIA Nº 7 “ANA CORONA DE OJEDA”, de la localidad de SAN JOSE DE FELICIANO, de la provincia de ENTRE RIOS.

ARTICULO 2° — Asígnase al servicio autorizado en el artículo 1°, el canal 215, frecuencia 90.9 MHz., con categoría “F”, y señal distintiva LRS901, para la localidad de SAN JOSE DE FELICIANO, provincia de ENTRE RIOS.

ARTICULO 3° — Exceptúase al CONSEJO GENERAL DE EDUCACION, de la provincia de ENTRE RIOS, del pago del gravamen establecido por el artículo 94 de la Ley N° 26.522, con relación a la prestación del servicio autorizado en el artículo 1°.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes y a la COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 09/04/2015 N° 23822/15 v. 09/04/2015

Fecha de publicación 09/04/2015