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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Resolución 110/2015

Bs. As., 31/3/2015

VISTO: el expediente N° 2002-12600-07-2 del Registro de este MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN, la Ley N° 17.132, y

CONSIDERANDO:

Que en el marco del expediente citado en el visto se emitió la Resolución Ministerial N° 2145 de fecha 6 de Diciembre de 2010, mediante la cual se suspendió la matrícula de médico al Dr. José Humberto LO TORTO (M.N. N° 58.678), en virtud de lo dispuesto por el artículo 8° de la Ley N° 17.132 y hasta la desaparición de las causales que la motivaren.

Que motivó el dictado de la citada Resolución Ministerial, el resultado de la Junta Médica llevada a cabo en fecha 25 de agosto de 2009 presenciada por la Dra. Adriana PORTAS en representación de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES y del Dr. Marcelo MARCOVECCHIO en representación del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN, la que luego de evaluar al paciente concluyó que el mismo no se encuentra actualmente capacitado para ejercer tareas acordes a su formación, indicándole que realice tratamiento psiquiátrico.

Que el profesional médico Dr. José Humberto LO TORTO (M.N. N° 58.678) se presentó en autos y adjuntó una evaluación psico-psiquiátrica realizada por el Dr. Mariano CASTEX, profesor titular regular de Medicina Legal y Psicología Forense (U.B.A.) de fecha 3 de agosto de 2011 con el fin de complementar el examen psico-clínico realizado por la Junta Médica y concluyó que el mismo: “goza de salud mental, no existiendo motivos científicos que justifiquen medidas de protección civil sobre su persona, ya que no es, ni ha sido psicótico, y que en el momento actual no evidenció descompensación ni trastorno alguno de esa índole, ni tampoco evidenció criterios o índices que permitan suponer la existencia de peligrosidad psicológica en su persona. En otras palabras, asevera que el Dr. LO TORTO goza de plena capacidad, de intención, discernimiento y libertad.”

Que en virtud de ello, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN ordenó la conformación de una nueva Junta Médica a los efectos de evaluar la capacidad del Dr. José Humberto LO TORTO, la que se llevó a cabo con intervención de la especialista en psiquiatría Dra. Araceli Linda PAVÓN, la Jefa del Departamento de Salud Ocupacional Dra. Adriana LOZANO, y el perito de parte especialista en psiquiatría, Dr. Mariano CASTEX y se expide en las actuaciones por Nota N° 661 de fecha 7 de agosto de 2014 y señaló que el referido profesional de la salud se encuentra en condiciones para ejercer la profesión en tareas simples que no demanden riesgos ni exigencias psíquicas y debiendo continuar con el tratamiento psiquiátrico instituido.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN tomó intervención y requirió a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN si existen impedimento médico alguno para que el Dr. José Humberto LO TORTO ejerza la medicina, y dicha dependencia se expidió señalando que no hay impedimentos para el ejercicio de la medicina siempre y cuando continúe con el tratamiento instituido y lleve a cabo tareas acordes a las establecidas en el informe expedido por la Junta Médica.

Que por lo expuesto, atento a las conclusiones arribadas por la Junta Médica y de conformidad con lo dispuesto en el mecanismo instituido en el artículo 8° de la Ley N° 17.132, la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN concluyó que corresponde dejar sin efecto la suspensión de la matrícula nacional de médico respecto del Dr. José Humberto LO TORTO (M.N. N° 58.678), toda vez que han cesado los motivos que dieran origen al dictado de la Resolución Ministerial N° 2145 de fecha 6 de Diciembre de 2010.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS tomó la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de lo normado por la Ley N° 17.132.

Por ello:

EL MINISTRO
DE SALUD
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Déjase sin efecto la suspensión de la matrícula nacional de médico perteneciente al Dr. José Humberto LO TORTO (M.N. N° 58.678), decretada mediante el dictado de la Resolución Ministerial N° 2145 de fecha 6 de Diciembre de 2010, toda vez que en virtud de lo dispuesto por el artículo 8° de la Ley N° 17.132 se conformó una nueva Junta Médica que concluyó por Nota N° 661 de fecha 7 de agosto de 2014 que han desaparecido las causales que motivaren la suspensión decretada con los alcances y efectos que se indican en el citado informe y que se reproducen en los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese al administrado por la DIRECCIÓN DE DESPACHO, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL a sus efectos. Gírese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS y oportunamente archívese. — Dr. DANIEL GUSTAVO GOLLAN, Ministro de Salud.

e. 09/04/2015 N° 23508/15 v. 09/04/2015

Fecha de publicación 09/04/2015