Decreto S 728/1966
Bs. As., 1/2/1966
VISTO:
lo tramitado por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y
CONSIDERANDO:
que corresponde aprobar la contratación directa de que se trata, haciendo uso, por la naturaleza especial de la misma, de la excepción prevista en el artículo 56°, apartado 3º, inciso c) de la ley de contabilidad;
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase el convenio celebrado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto con Inter Press Service, Sociedad Cooperativa para Información y Prensa, con domicilio en Vía Panisterna 207 de la ciudad de Roma (Italia), para la prestación del servicio a que se refiere el texto del mismo y que obra adjunto al presente decreto en 8 (ocho) fojas.
Art. 2° — El gasto emergente de lo aprobado en el artículo anterior y que alcanza aproximadamente a m$n 22.800.000,- (VEINTIDOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS MONEDA NACIONAL), se imputará a 2-1-2-9-5-7-35-3312 del presupuesto para el corriente ejercicio.
Art. 3º — El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Relaciones Exteriores y Culto.
Art. 4º — Pase al Tribunal de Cuentas de la Nación a sus efectos, comuníquese y archívese. — ARTURO U. ILLIA.
Fecha de publicación 15/04/2015