Decreto S 7579/1968
Bs. As., 2/12/1968
VISTO la invitación, formulada por intermedio de nuestra Embajada en Washington, de la UNIVERSIDAD DE GEORGETOWN a S.E. el señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Mariano Carlos GRONDONA, para que pronuncie, entre el 9 y 18 de diciembre próximo, conferencia sobre temas de su especialidad; y
CONSIDERANDO:
Que dicha invitación implica una distinción, de la cual es ampliamente merecedor el señor Embajador GRONDONA dada su trayectoria jurídica y destacada acción universitaria,
Que la presencia argentina en la cátedra de la mencionada Universidad redundará en beneficio del prestigio cultural de nuestro país, a la vez que contribuirá a un mayor conocimiento de nuestra posición en el sistema internacional,
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Autorízase a S.E. el señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Mariano Carlos GRONDONA a aceptar la invitación formulada por la UNIVERSIDAD DE GEORGETOWN para pronunciar conferencia sobre temas de su especialidad entre el 9 y 18 de diciembre próximo.
Art. 2° — Asígnase al funcionario mencionado en el artículo anterior, en concepto de viáticos, la suma diaria de VEINTISEIS (26) DOLARES ESTADOUNIDENSES, equivalente aproximadamente a NUEVE MIL CIEN PESOS MONEDA NACIONAL (m$n 9.100,-), cantidad que se autoriza a pagar en la divisa correspondiente, considerando que la misión tendrá una duración aproximada de quince (15) días.
Art. 3° — Por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto se extenderán los pasajes y pasaporte correspondiente.
Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a: 0-1-1-20-0-307-000-12 Código Contable 203.033 del Presupuesto del Ejercicio 1968 o similar.
Art. 5° — El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.
Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — JUAN C. ONGANÍA.
Fecha de publicación 15/04/2015