Decreto S 5389/1971
Bs. As., 18/11/1971
VISTO la situación producida por la enfermedad del señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la Unión de las Repúblicas Socialistas Soviéticas, y
CONSIDERANDO:
Que resulta imprescindible enviar en comisión a un funcionario del Servicio Exterior a fin de que proceda a informar al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto con relación a la referida situación, y asimismo, adoptar las medidas de mayor urgencia que las circunstancias requieran.
Que los acontecimientos en cuestión y las personas vinculadas a los mismos impiden que la misión sea cumplida por los integrantes de la Representación Diplomática en la Unión de las Repúblicas Socialistas Soviéticas.
Que por otra parte, los hechos de que se trata hacen recomendable que se encargue la misión citada directamente al señor Director General de Administración del mencionado Ministerio.
Que la misión encomendada, por la naturaleza de la misma, requiere una duración aproximada de SESENTA (60) días.
Por ello y de conformidad con lo establecido en la Política Nacional N° 126,
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Autorízase al señor Director General de Administración del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Ministro Plenipotenciario D. Raúl Agustín Teodoro Hipólito MEDINA MUÑOZ a desplazarse a MOSCU, Unión de las Repúblicas Socialistas Soviéticas, a los efectos de adoptar las medidas que las circunstancias requieran para regularizar el normal funcionamiento de esa Representación Diplomática.
Art. 2° — Asígnase al funcionario mencionado en el artículo anterior, la retribución establecida en el artículo 40 de la Ley 19.300 del Servicio Exterior de la Nación, teniendo en cuenta que la misión tendrá una duración aproximada de SESENTA (60) días.
Art. 3° — Por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto se extenderán las órdenes de pasajes y pasaporte correspondientes.
Art. 4° — Los gastos que origine el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto para el ejercicio 1971.
Art. 5° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — ALEJANDRO A. LANUSSE.
Fecha de publicación 15/04/2015