Decreto S 770/1991
Bs. As., 19/4/1991
VISTO las actuaciones labradas por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, con motivo de la necesidad de dicho Ministerio de realizar consultas vinculadas a temas de Derecho Internacional, y
CONSIDERANDO:
Que las mismas se refieren a materias vinculadas con la problemática limítrofe que mantiene el país, las que por su carácter específico, sólo pueden ser evacuadas por contados juristas.
Que con tal motivo ese Ministerio, procedió a solicitar a los Profesores Doctores Santiago TORRES y Daniel BARDONNET quienes residen en MADRID —ESPAÑA— y PARIS —REPUBLICA FRANCESA— respectivamente. el asesoramiento a que se hace referencia, el que se concretó en la Ciudad de BUENOS AIRES, entre los días 13 al 15 de diciembre de 1990.
Que en consecuencia, corresponde autorizar el pago de los gastos de pasaje y estadía de los consultores mencionados.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 86, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Convalídase lo actuado por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, en relación con las consultas efectuadas a los Profesores Doctores Santiago TORRES y Daniel BARDONNET y que diera lugar a sus respectivos desplazamientos a la Ciudad de BUENOS AIRES —REPUBLICA ARGENTINA—, entre los días 13 al 15 de diciembre de 1990.
Art. 2° — Autorízase al Servicio Administrativo del citado Ministerio, a abonar las sumas erogadas en concepto de pasajes y de gastos de alojamiento incurridas con motivo de los desplazamientos a los que se refiere el artículo anterior.
Art. 3° — El gasto emergente de lo establecido en el presente Decreto, se atenderá con cargo a las partidas específicas del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO de acuerdo con la naturaleza de cada erogación.
Art. 4° — Comuníquese y archívese. — CARLOS S. MENEM.
Fecha de publicación 15/04/2015