ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN DE EXPORTACIÓN
Ajuste de valor de Exportación R.G. 620/1999 (AFIP) y sus modificatorias.
Ref.: Nota Externa N° 40/2015 (DI FIEX).
Listado de Preajustes de Valor aplicables conforme Art. 748 inc. A) del C.A.
Exportador: ORGANIZACIÓN MERCANTIL S.A. - CUIT: 30711092222.
Despachante: SOLIS SUSANA ZORAIDA - CUIT: 27163650016.
Mercadería: Los demás Los demás - Ajos CEBOLLAS, CHALOTES, AJOS, PUERROS Y DEMAS HORTALIZAS ALIACEAS, FRESCOS O REFRIGERADOS (Posición Arancelaria 0703.20.90.900R).
Destino: BRASIL.
Informe Técnico N° 61/2014 (SE COSU).
Habiendo procedido a valorar de acuerdo a lo establecido en la Resolución General 620/1999 (AFIP) y en concordancia con lo establecido en la Ley 22.415, el exportador citado en la presente deberá aportar en un plazo de quince (15) días contados a partir del día siguiente de la publicación, la documentación respaldatoria que permita eliminar la duda razonable surgida en cuanto a la exactitud de los valores declarados, en los respectivos Permisos de Embarque, caso contrario se procederá a efectuar la determinación de las nuevas bases imponibles, de acuerdo a los porcentajes expresados en cada caso.
e. 15/04/2015 N° 25695/15 v. 15/04/2015
Fecha de publicación 15/04/2015