MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Síntesis del Estatuto Social del Sindicato de Trabajadores del Instituto de Vivienda de la Provincia de Buenos Aires (SI.TRA.I.V.B.A.), aprobado por Resolución M.T.E. y S.S. N° 43/15.
Artículo 1.- A los 16 días del mes de Mayo del año 2013 se constituye el SINDICATO DE TRABAJADORES DEL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES como entidad de primer grado que agrupará a los trabajadores que prestan servicios en relación de dependencia en el INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES CON SEDE CENTRAL EN LA CIUDAD DE LA PLATA Y SUS RESPECTIVAS DELEGACIONES EN LAS CIUDADES DE MAR DEL PLATA Y BAHIA BLANCA. Podrán mantener la afiliación los trabajadores que alcancen la jubilación siempre que se hubieran encontrado afiliados a la entidad al momento de acceder a dicha prestación. Tendrá como zona de actuación en los municipios de La Plata, Mar del Plata y Bahía Blanca, siendo esta Asociación Gremial de carácter permanente, para la defensa de los intereses legales, gremiales y sociales de los trabajadores representados de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, fijando domicilio legal en calle 7 N° 1267 entre 58 y 59 primer piso oficina N° 127, código postal B1900TGM, La Plata, Provincia de Buenos Aires.
Artículo 2.- La Entidad tendrá los objetivos y fines que a continuación se detallan:
A. Fomentar la unión, armonía, solidaridad, participación y agrupamiento de todos los trabajadores de la actividad;
B. Representar a los trabajadores de la actividad, a la entidad y sus componentes en toda cuestión sea individual o colectiva, de carácter gremial, laboral o social ante los organismos públicos o privados, cualquiera sea su naturaleza;
C. Peticionar a las autoridades nacionales, provinciales, municipales o cualquier organismo nacional o internacional en beneficio de la entidad sindical;
D. Vigilar las condiciones de trabajo, el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad e impulsar su mejoramiento y la legislación en general;
E. Propiciar y concretar convenios colectivos, proponer proyectos de legislación que determinen la mejora del sector tanto en las condiciones de trabajo como en las relaciones laborales en general;
F. Fomentar la actividad gremial, el interés y la participación de los trabajadores;
G. Realizar actividades culturales, sociales, incentivar la educación, crear espacios de estudio y capacitación para todos los trabajadores del sector;
H. Crear colonias, campamentos, campos de deportes, sitios vacacionales y de esparcimiento, que promuevan y permitan el acceso de los afiliados al turismo, la recreación y las actividades sociales y deportivas.
Capítulo VI. De la comisión Directiva
Artículo 29.- El sindicato será dirigido y administrado por una Comisión Directiva compuesta por once (11) miembros titulares, que desempeñan los siguientes cargos:
SECRETARIO GENERAL
SECRETARIO GENERAL ADJUNTO
SECRETARIO GENERAL ADJUNTO
SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN
SECRETARIO DE ASUNTOS LABORALES
SECRETARIO TESORERO DE FINANZAS Y ADMINISTRACION
SECRETARIO DE ACCION SOCIAL
SECRETARIO DE CAPACITACION, CULTURA Y DIFUSION
SECRETARIO DE PREVENCION Y SEGURIDAD
VOCAL TITULAR PRIMERO
VOCAL TITULAR SEGUNDO
Habrá además dos (2) vocales suplentes que sólo integran la Comisión Directiva en caso de licencia, renuncia, fallecimiento o separación del cargo de los titulares. El mandato de los miembros de la Comisión Directiva durará cuatro (4) años, y sus integrantes podrán ser reelectos.
A la fecha de aprobación del Estatuto, el SITRAIVBA cuenta con sesenta y dos (62) afiliados.
Lic. JORGE A. FARIAS CANTELORO, Jefe Administrativo del Departamento Estructura Sindical.
Fecha de publicación 24/04/2015