Edición del
25 de Septiembre de 1975

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 130/2015

Bs. As., 20/4/2015

VISTO el Expediente N° S01:0071792/2013 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la redeterminación de canon o precio de una Ampliación de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión se rige por lo dispuesto por el Decreto N° 634 de fecha 21 de agosto de 2003 que se complementa con las resoluciones de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS Nros. 948 de fecha 10 de agosto de 2005 y 1.205 de fecha 30 de agosto de 2006.

Que oportunamente, la UNIDAD EJECUTORA DEL PROYECTO (UEP - CAF) suscribió el respectivo contrato de Construcción, Operación y Mantenimiento con la Empresa INTEGRACIÓN ELÉCTRICA SUR ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (INTESAR), adjudicataria de la Licitación Pública Nacional N° 04/2009 para el Tramo Norte, y a su vez ésta, en la misma fecha y de acuerdo a las normas licitatorias suscribió el Contrato de Provisión de Transformador con el alcance que se fija en él, con la Empresa FARADAY SOCIEDAD ANÓNIMA, que resultó la firma adjudicataria de la Licitación Pública Nacional N° 03/2009 firmándose el correspondiente contrato el día 22 de julio de 2010.

Que por otra parte, en la misma fecha esta UNIDAD EJECUTORA DEL PROYECTO (UEP - CAF) suscribió el respectivo contrato de Construcción, Operación y Mantenimiento con la Empresa TRANSPORTEL PATAGÓNICA SOCIEDAD ANÓNIMA, adjudicataria de la Licitación Pública Nacional N° 04/2009 para el Tramo Sur, y a su vez ésta, en la misma fecha y de acuerdo a las normas licitatorias suscribió los Contratos de Provisión de Transformador con el alcance que se fija en el respectivo Contrato, con la Empresa FARADAY SOCIEDAD ANÓNIMA, quien resultó adjudicataria de la Licitación Pública Nacional N° 03/2009.

Que a su vez, en la misma fecha la UNIDAD EJECUTORA DEL PROYECTO (UEP - CAF) suscribió el respectivo contrato de Construcción, Operación y Mantenimiento con la Empresa COMPAÑÍA AMERICANA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA SOCIEDAD ANÓNIMA, adjudicataria de la Licitación Pública Nacional N° 04/2009 para la Estación “TRANSFORMADORA ESPERANZA”, y a su vez ésta, en la misma fecha y de acuerdo a las normas licitatorias suscribió los Contratos de Provisión de Transformador con el alcance que se fija en el respectivo Contrato, con la Empresa FARADAY SOCIEDAD ANÓNIMA, quien resultó adjudicataria de la Licitación Pública Nacional N° 03/2009.

Que los contratos mencionados anteriormente prevén la redeterminación de los precios y para ello la aplicación de lo establecido por el Decreto N° 634/2003, las resoluciones Nros. 948/2005 y 1.205/2006, ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y los criterios establecidos en los respectivos Pliegos de Bases y Condiciones para la Contratación.

Que a los efectos del cumplimiento de lo establecido por el Decreto N° 634/2003 y en base a las facultades otorgadas por el Artículo 3° de la Resolución N° 948/2005 y por el Artículo 7° de la Resolución N° 1.205/2006 ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se han cumplimentado en la etapa licitatoria todos los pasos necesarios para establecer, en consulta con los proponentes, mediante condiciones específicas establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones para la Contratación, los coeficientes de ponderación de la participación de los Insumos en el Rubro Principal que corresponde, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por las normas citadas.

Que los contratistas de los respectivos contratos han presentado sendas notas (NPCOM-FS-2537, NPCOM-FS-2712 y NPCOM-FN-4287), solicitando la aplicación de la redeterminación según lo establecido en el pliego.

Que en virtud de la normativa vigente y de acuerdo a lo establecido en los contratos mencionados, mediante el artículo 2 de la Resolución de la SECRETARÍA DE ENERGÍA N° 1895 de fecha 25 de octubre de 2012 se procedió a aprobar la primera redeterminación de precios a julio del 2010.

Que los organismos técnicos competentes han verificado que la variación promedio de costos de los rubros principales que componen cada provisión u obra, han alcanzado para cada caso un valor tal que resulta una variación promedio del precio actual del contrato superior al DIEZ POR CIENTO (10%), quedando habilitada la aplicación de la redeterminación de los mismos en las condiciones establecidas por el Decreto N° 634/2003.

Que se ha procedido por parte de los organismos técnicos competentes, a la redeterminación de los precios del contrato, aplicando para ello las fórmulas especificadas en el mencionado Decreto N° 634/2003, con el procedimiento y los factores de ponderación de participación de Insumos definitivos, aprobados y establecidos con la mecánica de participación de los oferentes expuesta anteriormente.

Que los precios de los contratos redeterminados resultan los que se indican en los Cuadros que como ANEXOS I, II y III forman parte integrante de la presente.

Que mediante Nota N° 934 de fecha 04 de abril de 2013 la UNIDAD EJECUTORA DEL PROYECTO (UEP) manifiesta la existencia de fondos que permiten asegurar el financiamiento de todas las erogaciones derivadas del Contrato.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN, FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la SECRETARÍA DE ENERGÍA se encuentra facultada para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto en el Decreto N° 634 de fecha 21 de agosto de 2003.

Por ello,

LA SECRETARIA
DE ENERGÍA
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase la segunda redeterminación de precios del Contrato de Provisión de Transformadores de Potencia de la Interconexión PICO TRUNCADO - RÍO TURBIO - RÍO GALLEGOS, suscripto entre la Empresa INTEGRACIÓN ELÉCTRICA SUR ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (INTESAR), adjudicataria de la Licitación Pública Nacional N° 04/2009 para el Tramo Norte y la Empresa FARADAY SOCIEDAD ANÓNIMA, adjudicataria de la Licitación Pública Nacional N° 03/2009 para suministro de transformadores del Tramo Norte.

ARTÍCULO 2° — Determínase que el monto total del contrato cuya redeterminación de precios al mes de mayo de 2011 que se aprueba en el Artículo 1°, asciende a PESOS ONCE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON SETENTA CENTAVOS ($ 11.998.896,70) resultando el monto neto de la redeterminación a aprobar PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON CUARENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 652.445,47), según detalle del Cuadro que como ANEXO I integrante de la presente, no contemplando este monto el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

ARTÍCULO 3° — Apruébase la segunda redeterminación de precios del Contrato de Provisión de Transformadores de Potencia de la Interconexión PICO TRUNCADO - RÍO TURBIO - RÍO GALLEGOS, suscripto entre la Empresa TRANSPORTEL PATAGÓNICA SOCIEDAD ANÓNIMA, adjudicataria de la Licitación Pública Nacional N° 04/2009 para el Tramo Sur y la Empresa FARADAY SOCIEDAD ANÓNIMA, adjudicataria de la Licitación Pública Nacional N° 03/2009 para suministro de transformadores del Tramo Sur.

ARTÍCULO 4° — Determínase que el monto total del contrato cuya redeterminación de precios al mes de mayo de 2011 se aprueba en el Artículo 3°, asciende a PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 4.574.559,98) resultando el monto neto de la redeterminación a aprobar PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($ 248.747,61), según detalle del Cuadro que como ANEXO II integrante de la presente, no contemplando este monto el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

ARTÍCULO 5° — Apruébase la segunda redeterminación de precios del Contrato de Provisión de Transformadores de Potencia de la Interconexión PICO TRUNCADO - RÍO TURBIO - RÍO GALLEGOS, suscripto entre la empresa COMPAÑÍA AMERICANA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA SOCIEDAD ANÓNIMA (CATE S.A.), adjudicataria de la Licitación Pública Nacional N° 04/2009 para el Tramo Estación Transformadora Esperanza y la Empresa FARADAY SOCIEDAD ANÓNIMA, adjudicataria de la Licitación Pública Nacional N° 03/2009 para suministro de transformadores para la Estación Transformadora Esperanza.

ARTÍCULO 6° — Determínase que el monto total del contrato cuya redeterminación de precios al mes de mayo de 2011 se aprueba en el Artículo 5°, asciende a PESOS CUARENTA MILLONES DOSCIENTOS CINCO MIL NOVENTA CON OCHENTA Y UN CENTAVOS ($ 40.205.090,81) resultando el monto neto de la redeterminación a aprobar PESOS DOS MILLONES CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS TRES CON SESENTA CENTAVOS ($ 2.186.203,60), según detalle del Cuadro que como ANEXO III integrante de la presente, no contemplando este monto el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

ARTÍCULO 7° — La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 8° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III

e. 27/04/2015 N° 29381/15 v. 27/04/2015

Fecha de publicación 27/04/2015