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7 de Marzo de 2023

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 196/2015

Bs. As., 11/5/2015

VISTO el Expediente N° S01:0105405/2013 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1 del Expediente de la referencia obra la Nota de CAMMESA B-80964-1, de fecha 26 de abril de 2013. En la misma expresa que la Empresa CENTRALES TÉRMICAS DEL NOROESTE SOCIEDAD ANÓNIMA (CTNOA S.A.) de acuerdo Punto 9 del Anexo 17 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (LOS PROCEDIMIENTOS) aprobados por Resolución ex-SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA N° 61 del 29 de abril de 1992, del Registro de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, dependiente del ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias, solicita la desvinculación total y definitiva del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de la Central Térmica SAN PEDRO, Provincia de JUJUY, de la Turbogas TG22 marca Fiat TG7 identificado como SPEDTG22 por cuanto se encuentra indisponible desde el 17 de noviembre de 1987 por rotura y dada su antigüedad es inviable técnica y económicamente ponerlas en condiciones normales de operación.

Que con relación al Turbogenerador Hitachi SPEDTG21, dicha Empresa lo vendió y trasladó de la Central Térmica SAN PEDRO a la Central Térmica 9 DE JULIO, MAR DEL PLATA, Provincia de BUENOS AIRES durante el año 2011, proceso autorizado por Nota de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA N° 043 del 21 de diciembre de 2011.

Que CENTRALES TÉRMICAS DEL NOROESTE SOCIEDAD ANÓNIMA (CTNOA S.A.) desmontó la central por completo con el propósito de devolver el predio a EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.).

Que por todo lo anterior y como consecuencia de la inactividad de generación en el sitio, CENTRALES TÉRMICAS DEL NOROESTE SOCIEDAD ANÓNIMA (CTNOA S.A.), solicita también dar de baja a los puntos de conexión 191 (Salida TG Fiat) y 193 (Salida Alimentador SA TG Fiat) que vinculaban dicho Grupo con el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM).

Que mediante Nota SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA N° 319 de fecha 27 de mayo de 2013 se solicitó la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA N° 32.651 de fecha 31 de mayo de 2013, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente.

Que la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROSPECTIVA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA han tomado la intervención que les compete.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha tomado intervención de su competencia.

Que las atribuciones para el dictado el presente acto surgen del Artículo 12 del Decreto N° 2.743 de fecha 29 de diciembre de 1992, del Artículo 37 de la Ley N° 15.336 y de los Artículos 35, 36 y 85 de la Ley N° 24.065.

Por ello,

LA SECRETARIA
DE ENERGÍA
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Autorízase la desvinculación total y definitiva del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a partir del próximo período estacional, del grupo generador TG22 marca Fiat TG7 de la Central Térmica SAN PEDRO, Provincia de JUJUY.

ARTÍCULO 2° — Dése de baja de CENTRALES TÉRMICAS DEL NOROESTE SOCIEDAD ANÓNIMA (CTNOA S.A.) el Turbogenerador Hitachi SPEDTG21 de la Central Térmica SAN PEDRO, que fuera autorizado su traslado a Central Térmica 9 DE JULIO, Provincia de BUENOS AIRES por Nota SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA N° 043 del 21 de diciembre de 2011.

ARTÍCULO 3° — Dése de baja a los puntos de conexión 191 y 193 que vinculaban dicho grupo con el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM).

ARTÍCULO 4° — Notifíquese a CENTRALES TÉRMICAS DEL NOROESTE SOCIEDAD ANÓNIMA (CTNOA S.A.), a EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.), al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.

e. 15/05/2015 N° 66608/15 v. 15/05/2015

Fecha de publicación 15/05/2015