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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 379/2015

Otórgase la Personería Gremial al Sindicato de Trabajadores Municipales de Tornquist, Provincia de Buenos Aires, para agrupar a todos los trabajadores bajo relación de dependencia con la Municipalidad de Tornquist, Provincia de Buenos Aires.

Bs. As., 11/5/2015

VISTO el Expediente N° 174.707/13, del Registro de la Delegación Regional BAHÍA BLANCA, del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 23.551 y sus modificatorias por la Ley N° 25.674 y Ley N° 26.390 y Decretos Reglamentarios N° 467/88 y N° 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente mencionado tramita la solicitud de reconocimiento de la Personería Gremial formulada por el SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE TORNQUIST, con fecha 10 de abril de 2013.

Que por Resolución N° 702 de fecha 24 de agosto de 2009 del MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la mencionada entidad obtuvo Inscripción Gremial, la que se encuentra registrada bajo el N° 2705.

Que el ámbito reconocido a la entidad conforme su inscripción gremial comprende a los trabajadores bajo relación de dependencia con la Municipalidad de Tornquist; con zona de actuación en todo el territorio que comprende el Partido de Tornquist de la Provincia de BUENOS AIRES.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 25 de la Ley N° 23.551 se ha valorado la acreditación del universo de trabajadores y la acreditación de la representatividad respecto del ámbito pretendido, por el período que comprende los meses de octubre de 2012 a marzo de 2013 inclusive; conforme la prueba efectivamente aportada por la peticionante en autos.

Que la entidad acreditó poseer en el período semestral pertinente, una representación cotizante superior al veinte por ciento (20%) respecto de los trabajadores bajo relación de dependencia con la Municipalidad de Tornquist; con zona de actuación en todo el territorio que comprende el Partido de Tornquist de la Provincia de BUENOS AIRES, ámbito sobre el cual versará la presente Resolución, conforme lo previsto por el artículo 25 de la ley 23.551.

Que pudiendo existir en el ámbito y zona de actuación solicitado, colisión con los ámbitos que detentan sindicatos de primer grado con personería gremial preexistente, se corrió traslado en virtud de lo prescripto en el artículo 28 de la Ley N° 23.551 a las siguientes entidades: UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN y ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO.

Que la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN plantea su oposición entendiendo que debe aplicarse en autos lo dispuesto por el artículo 29 de la Ley N° 23.551, y subsidiariamente el artículo 30 de dicho ordenamiento legal.

Que la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO plantea que debe sostenerse la coexistencia de representación sindical en el ámbito del Sector Público.

Que con fecha 26 de febrero de 2014 se realizó en la Delegación Regional Bahía Blanca la audiencia de cotejo de representatividad a la que sólo compareció la peticionante a exhibir su documentación.

Que las restantes entidades con personería gremial preexistentes no comparecieron a ejercer el derecho de control en la citada audiencia, pese a que se encontraban debidamente notificadas.

Que con fecha 10 de junio de 2014 se realizó la audiencia de cotejo en la sede de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales a la que compareció la UNIÓN PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN, sin presentar documentación alguna y ratificando su posición sentada en estos actuados, y la peticionante a los efectos de ejercer el derecho de control.

Que la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO no compareció a acreditar su representatividad pese a que se encontraba debidamente notificada.

Que el informe confeccionado por la Municipalidad de Tornquist, Oficina de Recursos Humanos, firmado por su Director a fin de dar cumplimiento con la medida de mejor proveer solicitada por la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales resulta ser incompleto, por lo que la Asesoría Técnico Legal de dicha Dirección Nacional no tuvo en cuenta el resultado de dicha medida, y aconsejó resolver con las constancias obrantes en autos.

Que obra dictamen jurídico de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales al tomar intervención, receptando favorablemente la petición de autos.

Que conforme lo previsto por la Resolución N° 255 de fecha 22 de octubre de 2003 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, no se produce desplazamiento alguno respecto del reconocimiento de la Personería Gremial de las entidades preexistentes en el ámbito del Sector Público.

Que consecuentemente, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 25 y siguientes de la Ley N° 23.551, corresponde otorgar la personería gremial a la peticionante, disponiendo su inscripción registral y la publicación en el Boletín Oficial.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7° de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por el Decreto N° 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Otórgase al SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE TORNQUIST con domicilio en la calle Lainez N° 650, Tornquist, Provincia de BUENOS AIRES, la Personería Gremial para agrupar a todos los trabajadores bajo relación de dependencia con la Municipalidad de Tornquist; con zona de actuación en todo el territorio que comprende el Partido de Tornquist de la Provincia de BUENOS AIRES.

ARTICULO 2° — Dispónese la publicación sintetizada y sin cargo de sus estatutos y de la presente Resolución en el Boletín Oficial, en la forma indicada por la Resolución de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales N° 12/01.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Fecha de publicación 15/05/2015