JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA
Resolución 741/2015
Bs. As., 13/5/2015
VISTO las actuaciones CUDAP: EXP-JGM: 0058187/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decretos N° 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003, la Decisión Administrativa N° 19 de fecha 2 de febrero de 2012 y la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 85 de fecha 5 de marzo de 2012; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 1.172/2003 se aprobó el “REGLAMENTO GENERAL DEL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA EL PODER EJECUTIVO NACIONAL”, destacando en su CONSIDERANDO séptimo “Que el derecho de Acceso a la Información Pública es un prerrequisito de la participación que permite controlar la corrupción, optimizar la eficiencia de las instancias gubernamentales y mejorar la calidad de vida de las personas al darle a éstas la posibilidad de conocer los contenidos de las decisiones que se toman día a día para ayudar a definir y sustentar los propósitos para una mejor comunidad”.
Que el artículo 4° del citado Reglamento establece que “La finalidad del Acceso a la Información Pública es permitir y promover una efectiva participación ciudadana, a través de la provisión de información completa, adecuada, oportuna y veraz”.
Que, asimismo, de acuerdo al artículo 5° del Reglamento mencionado, se considera información a toda constancia en documentos escritos, fotográficos, grabaciones, soporte magnético, digital o en cualquier otro formato que haya sido creada u obtenida por cualquier ente que funcione bajo la jurisdicción del PODER EJECUTIVO NACIONAL, o que obre en su poder o bajo su control, o cuya producción haya sido financiada total o parcialmente por el erario público.
Que, por otra parte, a través de la Decisión Administrativa N° 19/2012, se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA DE COMUNICACIÓN PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y se estableció las acciones a cargo de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN de la DIRECCIÓN GENERAL DE PRENSA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN.
Que la referida DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN lleva adelante las siguientes acciones: “1. Efectuar el seguimiento de noticias relacionadas con la actividad del PODER EJECUTIVO NACIONAL, publicadas en diarios de alcance nacional y evaluar su impacto. 2. Intervenir en la confección de un informe periodístico diario con el resumen, análisis y comentario de las noticias más destacadas de los diarios de alcance nacional. 3. Atender el procedimiento de almacenamiento digital de la Síntesis de Prensa y del informe periodístico diario. 4. Desarrollar estudios que, con base sistemática y metodológica sólida, contribuyan a mejorar la comunicación. 5. Atender el procedimiento de almacenamiento digital de la Síntesis de Prensa y del Informe Periodístico diario.”
Que, según lo prevé la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 85/2012 la Coordinación de Evaluación Operativa dependiente de la SUBSECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, tiene entre sus acciones: “6. Asistir al Subsecretario en la elaboración de normas procedimentales que tengan por objeto principal o complementario la agilización y dinamización de los procesos en la materia propia de la competencia de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA”.
Que a través del Instructivo de Trabajo, que como Anexo forma parte integrante de la presente, se normativiza los procedimientos llevados a cabo en el ámbito de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, tendiendo como antecedentes a lo establecido en las normas antes citadas Decreto N° 1172/2003, Decisión Administrativa N° 19/2012 y Resolución JGM N° 85/2012, según surge del cuerpo del mentado documento.
Que la DELEGACIÓN LEGAL de la SUBSECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que, la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por el Decreto N° 22/2011.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE COMUNICACIÓN PÚBLICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruebase el Instructivo de Trabajo, relativo a los procedimientos llevados a cabo en el ámbito de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN de la DIRECCIÓN GENERAL DE PRENSA de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN de la SECRETARIA DE COMUNICACIÓN PUBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el cual como Anexo forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — ALFREDO EDUARDO SCOCCIMARRO, Secretario de Comunicación Pública, Jefatura de Gabinete de Ministros.
ANEXO I
Análisis de Medios de Comunicación - Gráficos generados por la Dirección de Gestión de la Información.
ANEXO II
RUTINA INFORMATIVA DIARIA
A continuación se describen los distintos envíos que componen la rutina informativa diaria:
Síntesis de prensa: Recortes clasificados por temas de gestión, avisos oficiales y noticias más relevantes.
Artículos destacados de diarios nacionales: Listado de título, copete y autor de los 10 artículos de lectura recomendada en forma diaria.
Hoja de ruta: Menciones a JGM y SCP, así como funcionarios de ambas áreas. Con cita de diario y página.
Resumen de noticias: Noticias más relevantes de cada segmento horario.
Claves del día: Indicador que contiene enfoque cualitativo de la agenda informativa.
Panorama diarios del interior: Se detallan los temas de gestión que figuran en las portadas de diarios provinciales.
ANEXO III
PRODUCCION Y ADMINISTRACION DE CONTENIDOS WEB
• Módulo Ahora
En el Article Manager se selecciona la categoría “Ahora” y se debe colocar en forma obligatoria título, aun cuando se repita en el contenido.
De no existir publicaciones, se deshabilita el módulo desde el panel de control de administración seleccionando la opción “Despublicar AHORA”. Dicha acción deshabilita tanto el módulo así como todos los artículos cargados en esta categoría.
Se habilita nuevamente con el botón “Publicar AHORA”. Esta función se efectuará solamente cuando existan artículos publicados bajo esta categoría, ya que de no existir publicaciones no se podrá habilitar el módulo.
• Módulo Slider Principal
La carga del contenido se realizar ingresando el título del artículo (obligatorio) y seleccionando la categoría “Slider Principal”. Posteriormente el redactor, en el editor del formulario, escribirá el artículo correspondiente, duplicando la información tanto en el título como en el editor del formulario.
La fecha del artículo por defecto es la de la creación del mismo.
En aquellos casos que el artículo contenga foto, video, conferencia, discurso o contenido relacionado, se debe seleccionar la opción “Contenido Relacionado” y adjuntar desde allí el archivo correspondiente.
En forma obligatoria la nota deberá contar con una imagen principal, que debe cargarse desde el campo “Imagen del Slider” y en la solapa “Fotogalería” que tendrá dos campos para completar, uno con el título y el otro con la descripción.
De no cargarse dichos datos, automáticamente toma el título de la nota y el contenido del artículo como descripción.
En caso de contener una galería de imágenes relacionada se carga desde los campos “Imagen 1 - Imagen 10” de la solapa “Fotogalería”. De la misma manera que en el caso de la imagen del slider, se puede cargar título y descripción y de no cargarlo tomará los datos de la nota.
A modo de validación, se grabará la nota únicamente, si tiene cargada la imagen principal.
• Módulo Eventos Destacados
No lleva imagen principal y el copete se encuentra limitado a no más de 138 caracteres.
• Módulo En Vivo
Para acceder al mismo se debe ingresar al plugin “SYSTEM PRESIVIVO” y configurar desde allí los parámetros del módulo.
El módulo comprueba en forma automática cada 60 segundos si el canal YouTube de Casa Rosada está transmitiendo en vivo, comportándose de la siguiente manera:
1- Al detectar transmisión se habilita en forma automática el menú “EN VIVO” (indicador rojo).
2- Al finalizar la transmisión activa se deshabilita el indicador, quedando como botón inactivo.
De manera adicional, en el menú Administración se permite efectuar el chequeo en forma manual, comportándose de manera similar al proceso automático.
Para deshabilitar el módulo se debe seleccionar del mismo menú la opción “EN VIVO - PARAR”, deteniendo toda transmisión en vivo. En forma simultánea desaparece el botón “EN VIVO - CHECK” apareciendo en su lugar el botón “EN VIVO - START” que deberá ser presionado cuando se desee retomar la transmisión en vivo nuevamente.
• Galería de Foto y Video.
Ingresando a través del acceso correspondiente (galería de fotos o video) se podrán visualizar todas las imágenes y videos cargados en forma descendente.
• Módulo Agenda Presidencial
Se debe seleccionar la categoría “EVENTOS AGENDA PRESIDENCIAL”. El contenido se carga en el editor del formulario y no publica contenido si el mismo no cuenta con título.
Para cargar fecha y hora del evento se debe cargar en el campo “CONTENIDO RELACIONADO”. De todas formas también se permite la carga de eventos sin fecha u hora definida.
No se puede agregar descripción, imágenes o videos.
Si bien se pueden cargar eventos con varios días de anticipación solamente se pueden visualizar los del día en curso.
De no haber actividad aparecerá la leyenda en forma automática “SIN ACTIVIDAD OFICIAL PROGRAMADA”.
e. 20/05/2015 N° 67815/15 v. 20/05/2015
Fecha de publicación 20/05/2015