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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 224/2015

Bs. As., 15/5/2015

VISTO el Expediente N° S01:0433478/2011 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Empresa INGENIO Y REFINERÍA SAN MARTÍN DEL TABACAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, actualmente Agente COGENERADOR del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM), solicita cambiar su condición de Agente por la de AUTOGENERADOR.

Que el Ingenio Azucarero de la Empresa citada se encuentra ubicado en el Paraje EL TABACAL, Departamento de ORÁN, Provincia de SALTA y fue ingresado como Agente del MEM con Resolución N° 204 de fecha 23 de abril de 2008, de la SECRETARÍA DE ENERGÍA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

Que se ha considerado conveniente el cambio de categoría de Agente dado que, el modo en que operará dicha planta, se ajusta más a la categoría de AUTOGENERADOR del MEM.

Que la Empresa en cuestión ha cambiado de Categoría de Agente del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) desde la condición actual de COGENERADOR a la de AUTOGENERADOR, en forma provisoria mientras se gestiona la presente tramitación.

Que la presentación de la solicitud de Cambio de Categoría de Agente ha sido publicada en BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA N° 32.296 de fecha 15 de diciembre de 2011, sin haberse recibido objeciones.

Que la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA dependiente de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROSPECTIVA dependiente de la citada Subsecretaría han tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065.

Por ello,

LA SECRETARIA
DE ENERGÍA
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Autorízase el Cambio de Categoría de Agente del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) desde la condición actual de COGENERADOR a la de AUTOGENERADOR, a la Empresa INGENIO Y REFINERÍA SAN MARTÍN DEL TABACAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, emplazada en el Paraje EL TABACAL, Departamento de ORÁN, Provincia de SALTA.

ARTÍCULO 2° — Establécese que la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.) deberá seguir prestando a la Empresa INGENIO Y REFINERÍA SAN MARTÍN DEL TABACAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, la FUNCIÓN TÉCNICA DE TRANSPORTE (FTT).

ARTÍCULO 3° — Notifíquese al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

ARTÍCULO 4° — Instrúyese a CAMMESA para que proceda a notificar a la Empresa INGENIO Y REFINERÍA SAN MARTÍN DEL TABACAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, a TRANSNOA SOCIEDAD ANÓNIMA, e informar a todos los agentes del MEM lo resuelto en el presente acto.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.

e. 21/05/2015 N° 68420/15 v. 21/05/2015

Fecha de publicación 21/05/2015