MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Decreto 851/2015
Designaciones en la Subsecretaría de Coordinación Administrativa.
Bs. As., 18/5/2015
VISTO el Expediente N° 6.145/14 en DOS (2) cuerpos del Registro del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, las Decisiones Administrativas Nros. 1.126 del 8 de noviembre de 2012 y 609 del 1° de agosto de 2014, la Resolución N° 609 del 28 de diciembre de 2012 de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Resoluciones Nros. 1.480 del 8 de julio de 2013, 1.522 del 18 de julio de 2013, 373 del 16 de abril de 2014 y su modificatoria 1.060 del 29 de julio de 2014 rectificada por su similar N° 768 del 6 de abril de 2015, del citado Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció entre otros aspectos que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que por la Decisión Administrativa N° 1.126/12 se autorizó, como excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 26.728 la cobertura mediante los respectivos procesos de selección de CINCO MIL (5.000) cargos vacantes y financiados correspondientes al ejercicio presupuestario 2012 en el ámbito del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios.
Que por el artículo 9° de la Decisión Administrativa N° 609/14 se estableció que los cargos vacantes y financiados que hubiesen sido autorizados por la aplicación de lo dispuesto por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 1.126/12 y que al 31 de diciembre de 2013 no hubiesen podido ser cubiertos mediante la designación correspondiente, se consideran autorizados para sus respectivas coberturas, como excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 26.895, a través de proceso de selección.
Que por la Resolución N° 609/12 de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se asignaron los cargos vacantes y financiados del MINISTERIO DE EDUCACIÓN autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 1.126/12, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del citado Convenio.
Que por la Resolución N° 1.480/13 del MINISTERIO DE EDUCACIÓN se designaron integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de CIENTO CINCUENTA Y TRES (153) cargos vacantes y financiados de la planta permanente, mediante el Régimen de Selección de Personal aprobado por la Resolución N° 39/10 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a las personas que se detallan en los Anexos I a XVII, que forman parte integrante de la referida resolución.
Que por la Resolución N° 1.522/13 del MINISTERIO DE EDUCACIÓN se llamó a proceso de selección de personal mediante Convocatoria Extraordinaria, General o Abierta para cubrir los cargos vacantes financiados y se aprobaron las Bases de las Convocatorias dictadas por los Comités de Selección.
Que los integrantes del Comité de Selección han actuado en un todo de acuerdo con el Decreto N° 2.098/08 y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución N° 39/10 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por la Resolución N° 373 del 16 de abril de 2014 y su modificatoria N° 1.060 del 29 de julio de 2014 rectificada por su similar N° 768 del 6 de abril de 2015 del MINISTERIO DE EDUCACIÓN se aprobó el Orden de Mérito elevado por el Comité de Selección A-13 respecto de los postulantes para cada uno de los cargos y con sus respectivos puntajes que se consignan en los Anexos I a III de la citada resolución.
Que por el Acta N° 009 del 17 de marzo de 2014 el Comité Selector, de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 24, 31 y 128 del Anexo del Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, recomienda la incorporación en la carrera o, en su caso, su continuidad en la misma, en el Grado escalafonario del Agrupamiento y Tramo correspondiente tal como se refleja en el Anexo de la mencionada acta.
Que la designación en los aludidos cargos no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002.
Que la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 1° del Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnanse a las personas que se mencionan en el ANEXO que forma parte integrante del presente decreto, en el Agrupamiento, Tramo, Nivel y Grado escalafonario correspondiente al SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO homologado por el Decreto N° 2.098/08 y en la Dependencia del MINISTERIO DE EDUCACIÓN que se determina; consignándose que el cargo Técnico Especializado en Gestión de Archivo y Documentación percibe el VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de la asignación básica del nivel escalafonario en concepto de Suplemento por Capacitación Terciaria.
Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Alberto E. Sileoni.
ANEXO
DEPENDENCIA: MINISTERIO DE EDUCACIÓN - SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA - DIRECCIÓN DE DESPACHO.
Fecha de publicación 22/05/2015