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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 234/2015

Bs. As., 19/5/2015

VISTO el Expediente N° S01:0097569/2015 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la redeterminación de canon o precio de una Ampliación de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión se rige por lo dispuesto por el Decreto N° 634 de fecha 21 de agosto de 2003 que se complementa con las resoluciones de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS Nros. 948 de fecha 10 de agosto de 2005 y 1.205 de fecha 30 de agosto de 2006.

Que oportunamente, el COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELÉCTRICO FEDERAL (CAF) firmó contrato con la Provincia de Santa Cruz, en las condiciones que se establece en el Convenio Marco, con el objeto de realizar la Construcción de las Obras que integran la Interconexión en 132kV Santa Cruz Centro y Santa Cruz Noroeste con la Empresa SERVICIOS PÚBLICOS DEL ESTADO, firmándose el correspondiente contrato el día 11 de noviembre de 2011.

Que el contrato mencionado anteriormente prevé la redeterminación de los precios y para ello la aplicación de lo establecido por el Decreto N° 634/2003, las resoluciones Nros. 948/2005 y 1.205/2006, ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y los criterios establecidos en el respectivo Convenio para la Contratación.

Que a los efectos del cumplimiento de lo establecido por el Decreto N° 634/2003 y en base a las facultades otorgadas por el Artículo 3° de la Resolución N° 948/2005 y por el Artículo 7° de la Resolución N° 1.205/2006 ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se han cumplimentado en la etapa licitatoria todos los pasos necesarios para establecer, en consulta con los proponentes, mediante condiciones específicas establecidas en el Convenio Marco para la Contratación, los coeficientes de ponderación de la participación de los Insumos en el Rubro Principal que corresponde, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por las normas citadas.

Que mediante la Resolución N° 39 de fecha 09 de septiembre de 2014 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se procedió a aprobar la primera redeterminación de precios del Contrato de Construcción de la Línea de Alta Tensión en 132kV Santa Cruz Centro - Santa Cruz Noroeste al mes de julio de 2012.

Que el contratista del respectivo contrato ha presentado sendas notas (NP-SC3-0152, NP-SC3-0153), solicitando la aplicación de las redeterminaciones según lo establecido en el convenio.

Que los organismos técnicos competentes han verificado que la variación promedio de costos de los rubros principales que componen cada provisión u obra, han alcanzado para cada caso un valor tal que resulta una variación promedio del precio actual del contrato superior al DIEZ POR CIENTO (10%), quedando habilitada la aplicación de la redeterminación de los mismos en las condiciones establecidas por el Decreto N° 634/2003.

Que se ha procedido por parte de los organismos técnicos competentes, a la redeterminación de los precios del contrato, aplicando para ello las fórmulas especificadas en el mencionado Decreto N° 634/2003, con el procedimiento y los factores de ponderación de participación de Insumos definitivos, aprobados y establecidos con la mecánica de participación de los oferentes expuesta anteriormente.

Que los precios de los contratos redeterminados resultan los que se indican en el Cuadro que como ANEXO forma parte integrante de la presente.

Que mediante Nota CAF N° 947 de fecha 30 de abril de 2015 el COMITÉ DE EJECUCIÓN manifiesta la existencia de fondos que permiten asegurar el financiamiento de todas las erogaciones derivadas del Contrato.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la SECRETARÍA DE ENERGÍA se encuentra facultada para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto en el Decreto N° 634 de fecha 21 de agosto de 2003.

Por ello,

LA SECRETARIA
DE ENERGÍA
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase la redeterminación de precios del contrato de Construcción de la Línea de Alta Tensión en 132kV Santa Cruz Centro - Santa Cruz Noroeste, suscripto por la empresa SERVICIOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO y el COMITÉ DE EJECUCIÓN.

ARTÍCULO 2° — Determínase que el monto total del contrato con la segunda redeterminación de precios al mes de abril de 2013 asciende a PESOS DOSCIENTOS SESENTA MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL OCHENTA Y CINCO CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 260.658.085,97), con la tercera redeterminación de precios al mes octubre de 2013 asciende a PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 262.851.529,97) y con la cuarta redeterminación de precios al mes de marzo de 2014 asciende a PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 263.407.360,65), según se detallan en el Cuadro que como ANEXO forma parte integrante de la presente, no contemplado estos montos el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

ARTÍCULO 3° — La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.

ANEXO
INTERCONEXION LINEA DE 132kV SANTA CRUZ CENTRO - SANTA CRUZ NOROESTE
MONTOS REDETERMINADOS DEL CONTRATO PARA LA CONSTRUCCIÓN
(Los valores que se indican son en pesos y no incluyen el Impuesto al Valor Agregado)

e. 26/05/2015 N° 69527/15 v. 26/05/2015

Fecha de publicación 26/05/2015