Edición del
21 de Octubre de 2020

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Decreto 929/2015

Desígnase la Directora Nacional de Salud Bucodental.

Bs. As., 26/5/2015

VISTO, el expediente N° 1-2002-8956-15-6 del registro del MINISTERIO DE SALUD, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015 aprobado por la Ley N° 27.008 y distribuido por Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015, los Decretos N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002, N° 1343 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios y N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.008, se estableció que las jurisdicciones y entidades de la administración nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de dicha ley, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el artículo 10 de la mencionada ley se dispuso que las facultades conferidas por dicho acto legal al Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto en el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de la planta permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que por Decreto N° 1343/07 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE SALUD.

Que en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE EQUIDAD EN SALUD de la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD, se encuentra vacante el cargo de DIRECTOR NACIONAL DE SALUD BUCODENTAL, Nivel A - Grado 0, del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios.

Que atento a la naturaleza de dicho cargo y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tiene asignadas la unidad orgánica a la que corresponde el cargo en cuestión, resulta necesario proceder a su cobertura transitoria, exceptuándolo a tal efecto de lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley N° 27.008.

Que a tal fin se han evaluado los antecedentes de la odontóloga María Belén CESAR GALLARDO (D.N.I. N° 22.631.944), quien cuenta con la adecuada formación profesional y reúne y acredita los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para cubrir el cargo de Directora de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD BUCODENTAL.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD, ha tomado la intervención que le compete.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y de lo dispuesto por los artículos 7° y 10 de la Ley N° 27.008, y el artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Desígnase, con carácter transitorio, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha del presente decreto, a la odontóloga María Belén CESAR GALLARDO (D.N.I. N° 22.631.944), en el cargo de Directora de la DIRECCION NACIONAL DE SALUD BUCODENTAL de la SUBSECRETARIA DE EQUIDAD EN SALUD de la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD, Nivel A Grado 0, del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y modificatorios, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.008.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Daniel G. Gollan.

Fecha de publicación 02/06/2015