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12 de Julio de 2019

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE RÍO GALLEGOS

(Art. 1101 y 1013 inc. “h” C.A.)
EDICTO
Se notifica a los interesados que abajo se detallan, de las resoluciones de condena dictadas por esta Administración, detallándose los importes en concepto de multa y tributos que deben abonar dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de la presente publicación. Vencido el mismo, los importes indicados serán exigidos con más los accesorios que prevén los Art. del Código Aduanero. Que conforme lo instruido mediante la I.G. 05/2010 (AFIP) los interesados deberán tener presente lo establecido en el artículo 1025 del Código Aduanero. Fdo. DANIEL GODOY ALLENDE - Administración Aduana Río Gallegos.

e. 02/06/2015 N° 105248/15 v. 02/06/2015

Fecha de publicación 02/06/2015