ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA DIRECCIÓN REGIONAL RÍO CUARTO DIVISIÓN REVISIÓN Y RECURSOS
La División Revisión y Recursos de la Dirección Regional Río Cuarto pone a disposición la Resolución de Vista correspondiente a LA BONANZA S.A. referente al Impuesto a las Ganancias por los Ejercicios Fiscales 2011 y 2012.
Río Cuarto, 28/05/15
VISTO ...
CONSIDERANDO:
EL JEFE (INT) DE LA DIVISIÓN REVISIÓN Y RECURSOS
DE LA DIRECCIÓN REGIONAL RÍO CUARTO
DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
RESUELVE:
ARTÍCULO. 1°.- Conferir vista de las actuaciones administrativas a la contribuyente LA BONANZA S.A., con domicilio declarado en Alberi 134 0 —RIO CUARTO— Cba., e inscripta bajo el CUIT 30-51023517-3, con relación al Impuesto a las Ganancias por los Ejercicios Fiscales 2011 y 2012 para que en el término de quince (15) días hábiles de notificada, conforme las liquidaciones practicadas o formule por escrito su descargo y ofrezca y/o presente las pruebas que hagan a su derecho, en los términos del art. 17 de la Ley 11.683 (t.v.).
ARTÍCULO. 2°.- Dejar expresa constancia a los efectos de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 11.683 (t.v.) que la vista es parcial y solo abarca los aspectos contemplados y en la medida en que los elementos de juicio tenidos en cuenta lo permiten. Si las liquidaciones por las que se le confiere vista, merecen su conformidad, surtirán los efectos de declaración jurada para la responsable y de determinación de oficio parcial para el Fisco, limitada a los aspectos fiscalizados.
ARTÍCULO. 3°.- Disponer que la contestación a la vista deberá ser entregada únicamente en dependencias de esta Administración Federal de Ingresos Públicos, sita en San Martín N° 137 —5° piso— de esta ciudad de Río Cuarto (Córdoba), procediendo de igual modo en relación a todas las presentaciones que se efectúen vinculadas al proceso iniciado, en el horario de 9 a 15 hs.
ARTÍCULO. 4°.- La personería invocada deberá ser acreditada en las presentes actuaciones y comunicar en esta sede cualquier cambio del domicilio constituido ante este Organismo.
ARTÍCULO. 5°.- Dejar constancia que se ponen a disposición desde la fecha la totalidad de los antecedentes vinculados a la presente, pudiéndose hacer uso del derecho de vista en el horario y lugar citados en el artículo 4° de la presente sin necesidad de petición escrita.
ARTICULO 6°.- Notifíquese por medio de edictos publicados durante cinco (5) días en el Boletín Oficial, de conformidad con las previsiones establecidas en el último párrafo del artículo 100 de la Ley 11.683 (t.v.) y el art. 43 del Decreto reglamentario de la Ley 19.549 y resérvese.
Firmado: Cont. Pub. Alfredo Esteban COLLOSA, Jefe (Int.) División Revisión y Recursos - Dirección Regional Río Cuarto.
Cont. Púb. ALFREDO ESTEBAN COLLOSA, Jefe (Int.), División Revisión y Recursos, Dirección Regional Río Cuarto.
e. 04/06/2015 N° 105941/15 v. 10/06/2015
Fecha de publicación 04/06/2015