Edición del
6 de Mayo de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS SECRETARÍA DE COMUNICACIONES

AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
PROPUESTA DE CANDIDATO AL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 2° del Decreto N° 677/15, se hace saber que a efectos de designar como miembro del Directorio de la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la COMISIÓN BICAMERAL DE PROMOCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, LAS TECNOLOGÍAS DE LAS TELECOMUNICACIONES Y LA DIGITALIZACIÓN propone al Diputado Nacional Abogado Miguel Ángel GIUBERGIA, D.N.I. N° 10.853.302, de nacionalidad argentina, con los siguientes antecedentes curriculares:
Datos Personales:
Nombre Completo: Miguel Ángel GIUBERGIA
Documento: D.N.I. N° 10.853.302
Cargos Desempeñados:
Cargos Partidarios:
Tesorero del Comité Nacional de la UNIÓN CÍVICA RADICAL en los períodos 2005-2007, 2009-2011, 2011-2013, 2013-2015.
Interventor del Comité de la UNIÓN CÍVICA RADICAL de la Provincia de Salta período 2009.
Delegado al Comité Nacional de la UNIÓN CÍVICA RADICAL período 2005-2007.
Presidente del Comité Provincial de Jujuy de la UNIÓN CÍVICA RADICAL período 2001-2003.
Convencional Provincial por la UNIÓN CÍVICA RADICAL de la Provincia de Jujuy en los períodos 1991-1993, 1997-1999, 1999-2001.
Convencional Nacional por la UNIÓN CÍVICA RADICAL período 1987-1989.
Delegado al Comité Nacional de la UNIÓN CÍVICA RADICAL período 1985-1987.
Cargos Electivos:
Secretario General del Bloque de Diputados Nacionales de la UNIÓN CÍVICA RADICAL período 2013-2015.
Diputado Nacional por la UNIÓN CÍVICA RADICAL períodos 1999-2003, 2003-2007, 2007-2011, 2011-2015.
Diputado Provincial por la UNIÓN CÍVICA RADICAL período 1991-1995, 1995-1999.
Convencional Constituyente de la Provincia de Jujuy período 1985-1986.
Integrante de las siguientes Comisiones Parlamentarias:
Comisión de Presupuesto y Hacienda - Vocal.
Comisión Administradora de la Biblioteca del Congreso de la Nación - Secretario.
Comisión de Comercio - Vocal.
Comisión de Legislación del Trabajo - Vocal.
Comisión de Energía y Combustibles - Vocal.
Comisión de Peticiones, Poderes y Reglamentos - Vocal.
Comisión Bicameral de la Defensoría del Pueblo - Vocal.
Grupo Parlamentario de Amistad con Gran Bretaña - Presidente.
Grupo Parlamentario de Amistad con el Parlamento Europeo - Vocal.
Grupo Parlamentario de Amistad con Canadá - Vocal.
Grupo Parlamentario de Amistad con Italia - Vocal.
Grupo Parlamentario de Amistad con Francia - Vocal.
Grupo Parlamentario de Amistad con España - Vocal.
Grupo Parlamentario de Amistad con Suecia - Vocal.
Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual - Vocal.
Se transcribe a continuación el artículo 2° del Decreto N° 677/15 que en lo pertinente dispone:
“Para la designación de los integrantes del Directorio de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, deberá seguirse el siguiente procedimiento:
a) Los SIETE (7) integrantes del Directorio serán designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, quienes no podrán tener intereses o vínculos con los asuntos bajo su órbita en las condiciones de la Ley N° 25.188.
b) El nombre y los antecedentes curriculares de las personas propuestas para integrar el Directorio de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, se remitirán al PODER EJECUTIVO NACIONAL en un plazo máximo de VEINTE (20) días, contados a partir de la fecha de publicación del presente, los que en un plazo máximo de CINCO (5) días se publicarán en el Boletín Oficial y en por lo menos DOS (2) diarios de circulación, durante TRES (3) días. En simultáneo con tal publicación se difundirán en la página oficial de la red informática de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
c) En caso de renuncia, fallecimiento, incapacidad, inhabilidad, remoción o ausencia temporaria del Presidente, será reemplazado por el Director designado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL. Si la ausencia fuese definitiva, deberá efectuarse el procedimiento establecido precedentemente dentro de los DIEZ (10) días corridos de producida la vacante. En caso de que se produzca la renuncia, fallecimiento, incapacidad, inhabilidad, remoción o ausencia definitiva del Director designado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, éste deberá nombrar al reemplazante de acuerdo al procedimiento previsto precedentemente.
Firma en uso de las facultades conferidas por el artículo 30 del Decreto N° 677 de fecha 28 de abril de 2015
NORBERTO BERNER, Secretario de Comunicaciones, Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

e. 09/06/2015 N° 108768/15 v. 11/06/2015

Fecha de publicación 11/06/2015