ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
Resolución 136/2015
Asunto: Prórroga habilitación provisoria zona operativa aduanera muelle de cabotaje (Unidad III). Puerto Villa Constitución. Aduana de Villa Constitución.
Bs. As., 26/06/2015
VISTO la Actuación SIGEA N° 12531-232-2009/111 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación, la firma PUERTO VILLA CONSTITUCION S.R.L (CUIT N° 30-70854089-3), en su calidad de permisionaria de la Unidad III (muelle de cabotaje) del Puerto de Villa Constitución, ubicado a la altura del Km. TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO (368), margen derecha del Río Paraná, en jurisdicción de la Aduana de Villa Constitución, solicita la prórroga de la habilitación aduanera otorgada con carácter provisorio mediante Resolución N° 280/2014 (SDG OAI).
Que se encuentra acreditada en la Actuación SIGEA N° 12531-232-2009 que la habilitación definitiva del Puerto de Villa Constitución en el marco de la Ley N° 24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente N° S01:0010927/2004.
Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente concedida, con carácter provisorio hasta el 30 de julio de 2015, inclusive.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Disposición N° 360/11 (AFIP).
Por ello,
LA SUBDIRECTORA GENERAL
DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle de cabotaje (Unidad III) del Puerto del Villa Constitución, concesionado a la firma PUERTO VILLA CONSTITUCION S.R.L. (CUIT N° 30-70854089-3), ubicado a la altura del Km. TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO (368), margen derecha del Río Paraná, en jurisdicción de la Aduana de Villa Constitución, hasta el 30 de julio de 2015, inclusive.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Rosario. Remítanse los presentes a la Aduana de Villa Constitución para su conocimiento y notificación. — Ing. MARIA CRISTINA M. MELENDEZ, Subdirectora General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
e. 02/07/2015 N° 115454/15 v. 02/07/2015
Fecha de publicación 02/07/2015