MINISTERIO DE TURISMO
Decreto 1295/2015
Dase por prorrogada designación.
Bs. As., 03/07/2015
VISTO el Expediente N° STN:0001839/2012 del Registro del MINISTERIO DE TURISMO, la Ley N° 27.008, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015, las Resoluciones Nros. 3 de fecha 16 de enero de 2014 del MINISTERIO DE TURISMO y 376 de fecha 8 de agosto de 2014 de la ex - SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1.621 de fecha 20 de diciembre de 2005 se dio por designada con carácter transitorio a la Contadora Da. María Alejandra LAVIRGEN ENRÍQUEZ (M.I. N° 16.198.818) en el cargo de Auditor de Gestión dependiente de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA de la entonces SECRETARÍA DE. TURISMO de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B Grado 0, Función Ejecutiva Nivel IV, operando su prórroga mediante los Decretos Nros. 893 de fecha 13 de julio de 2006, 305 de fecha 29 de marzo de 2007, 1.835 de fecha 5 de diciembre de 2007, 1.859 de fecha 11 de noviembre de 2008, 1.430 de fecha 1 de octubre de 2010, 1.689 de fecha 18 de octubre de 2011 y 1.175 de fecha 24 de julio de 2014.
Que el citado cargo debía ser cubierto conforme el proceso de selección vigente en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.
Que razones operativas hacen necesario prorrogar la designación transitoria mencionada, atento a no haberse podido dar cumplimiento al proceso de selección establecido en la norma citada en el párrafo precedente.
Que la referida profesional se encuentra actualmente desempeñando el cargo de marras.
Que por la Resolución N° 376 de fecha 8 de agosto de 2014 de la ex - SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se homologó el cargo de Supervisor Operativo (ex Auditor de Gestión) de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE TURISMO en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas, con nivel de ponderación IV.
Que la Dirección General de Administración y la Dirección General de Recursos Humanos y Organización, ambas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE TURISMO, han tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TURISMO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el Artículo 1° del Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por prorrogada, a partir de su vencimiento y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir de la fecha del presente decreto, la designación transitoria de la Contadora Da. María Alejandra LAVIRGEN ENRÍQUEZ (M.I. N° 16.198.818) en el cargo de Supervisora Operativa de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE TURISMO, Nivel B Grado 0, Función Ejecutiva Nivel IV, dispuesta por el Decreto N° 1.621 de fecha 20 de diciembre de 2005 y prorrogada por los Decretos Nros. 893 de fecha 13 de julio de 2006, 305 de fecha 29 de marzo de 2007, 1.835 de fecha 5 de diciembre de 2007, 1.859 de fecha 11 de noviembre de 2008, 1.430 de fecha 1 de octubre de 2010, 1.689 de fecha 18 de octubre de 2011 y 1.175 de fecha 24 de julio de 2014, autorizándose el pago de la referida función ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.
Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/08, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto correspondiente a la Jurisdicción 53 - MINISTERIO DE TURISMO.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Carlos E. Meyer.
Fecha de publicación 13/07/2015