SECRETARÍA DE GABINETE y SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS
Resolución Conjunta 106/2015 y 2026/2015
Bs. As., 13/07/2015
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0023130/2015 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto N° 1199 de fecha 19 de julio de 2012 y la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 493 de fecha 4 de diciembre de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que el señor Ariel RUIZ, propicia reivindicar la memoria del señor Orlando Antonio RUIZ como empleado de la entonces DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA.
Que el Decreto N° 1199 de fecha 19 de julio de 2012 dispone en su artículo 1° la inscripción de la condición de “detenido-desaparecido”, en los legajos de las personas físicas que revistaban como personal dependiente de la Administración Pública Nacional y que se individualizan en el Anexo del citado decreto.
Que, asimismo, por el artículo 3° se ordena a la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a coordinar lo atinente a la reparación documental respecto de los/as empleados/as de la Administración Pública Nacional en similar situación a la de los consignados en el Anexo.
Que, por el artículo 7°, se la faculta a dictar las normas correspondientes, en tanto considera un deber del Estado democrático la restitución de la verdad histórica respecto del motivo de cese de la relación laboral en los legajos de todos/as aquellos/as empleados/as de la Administración Pública Nacional que se encuentren en condición de desaparición forzada o hayan sido asesinados/as como consecuencia de la acción del Terrorismo de Estado entre los años 1955 y 1983.
Que en virtud de la citada instrucción se dictó la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 493 de fecha 4 de diciembre de 2012, mediante la cual se estableció el procedimiento pertinente para realizar la reparación documental en estos casos.
Que de acuerdo a lo establecido mediante los puntos 2.2.1 y 2.2.2 del Anexo de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 493/12, han tomado la debida intervención la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y la COMISIÓN DE TRABAJO POR LA RECONSTRUCCIÓN DE NUESTRA IDENTIDAD.
Que de la documentación acompañada por la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS se acredita que el señor Orlando Antonio RUIZ se encuentra en condición de desaparición forzada y posee Legajo N° 2272 de la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS.
Que de la documentación acompañada por la COMISIÓN DE TRABAJO POR LA RECONSTRUCCIÓN DE NUESTRA IDENTIDAD se acredita que el señor Orlando Antonio RUIZ revistaba como agente de la entonces DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido por los artículos 2° y 7° del Decreto N° 1199/12 y el punto 2.3.1 del Anexo de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 493/12.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE GABINETE
DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Y
EL SECRETARIO
DE DERECHOS HUMANOS
DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1° — Repárese el legajo del señor Orlando Antonio RUIZ (M.I. N° 8.274.316) quien revistaba en la entonces DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA.
ARTÍCULO 2° — El titular del Servicio Administrativo Financiero de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, al momento de instruir la reparación material del legajo del señor Orlando Antonio RUIZ, de acuerdo a lo establecido en el punto 2.4 del Anexo de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 493 de fecha 4 de diciembre de 2012, debe incorporar la siguiente leyenda:
“La verdadera causal de interrupción de la relación laboral fue la desaparición
forzada como consecuencia del accionar del Terrorismo de Estado”.
ARTÍCULO 3° — Ordénese al MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS la revocatoria de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA N° 217 de fecha 5 de abril de 1977, mediante la cual se declaró cesante al señor Orlando Antonio RUIZ a partir del 9 de abril de 1976, debiendo cumplir con las comunicaciones establecidas en el punto 2.5 del Anexo de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 493/12.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVINA ZABALA, Secretaria de Gabinete, Jefatura de Gabinete de Ministros. — Dr. JUAN MARTIN FRESNEDA, Secretario de Derechos Humanos, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
e. 16/07/2015 N° 119494/15 v. 16/07/2015
Fecha de publicación 16/07/2015