MINISTERIO DE SALUD SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Resolución 604/2015
Bs. As., 10/07/2015
VISTO el Expediente N° 3612/2014 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente del VISTO, la OBRA SOCIAL DE LUZ Y FUERZA DE LA PATAGONIA (R.N.O.S. N° 1-2780-2) solicita se registre la reforma introducida a los artículos 11, 17, 18, 19, 21, 22 y 26 de su Estatuto.
Que, a tal fin acompaña copia certificada del acta a través de la cual el Consejo Directivo de la OBRA SOCIAL DE LUZ Y FUERZA DE LA PATAGONIA aprueba la citada reforma.
Que, da cumplimiento con la documentación requerida y acompaña ejemplares del texto ordenado, suscriptos en cada una de sus fojas por el titular de la Obra Social.
Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia sin formular observaciones a lo solicitado, señalando que el procedimiento de reforma de Estatuto se ajusta a lo dispuesto en el hasta ahora Estatuto vigente y conforme los términos del acta citada y Certificado de Autoridades obrantes en autos.
Que, la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos N° 1615 de fecha 23 de Diciembre de 1996 y N° 1008 de fecha 2 de Julio de 2012.
Por ello,
LA SUPERINTENDENTA
DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1° — REGISTRESE la reforma introducida a los artículos 11, 17, 18, 19, 21, 22 y 26 del Estatuto de la OBRA SOCIAL DE LUZ Y FUERZA DE LA PATAGONIA (R.N.O.S. N° 1-2780-2) conforme texto ordenado obrante a fs. 94/107 del Expediente N° 3612/2014-SSSALUD.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase al Registro Nacional de Obras Sociales para constancia en el legajo del Agente del Seguro de Salud y, oportunamente archívese. — LILIANA KORENFELD, Superintendenta, Superintendencia de Servicios de Salud.
e. 16/07/2015 N° 119316/15 v. 16/07/2015
Fecha de publicación 16/07/2015