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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Resolución 1342/2015

Bs. As., 24/07/2015

VISTO el Expediente N° S02:0035527/2014 del registro de este Ministerio, Expediente original 00109/2014 del registro del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE dependiente de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Licitación Pública destinada a la “Readecuación y Ampliación de la Terminal de Pasajeros” del Aeropuerto “EL TEHUELCHE” de la Ciudad de PUERTO MADRYN, Provincia del CHUBUT, en el marco de la Ley de Obras Públicas N° 13.064, cuyo llamado fuera aprobado por Resolución N° 1383 del 10 de noviembre de 2014 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, por un presupuesto oficial de PESOS TREINTA MILLONES CIENTO SESENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS QUINCE ($ 30.161.415) Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido, bajo la modalidad de Ajuste Alzado.

Que asimismo, por la citada resolución se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, y se autorizó al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE dependiente de este Ministerio, a conformar la COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS (CEO) y a efectuar todos los trámites atinentes al proceso de licitación, quedando a cargo de este Ministerio la adjudicación de la obra.

Que mediante Acta de Reunión Abierta de Directorio del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) N° 1/2015 del 18 de febrero de 2015, se designó a los integrantes de la COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS (CEO) pertenecientes a dicho Organismo para la referida licitación, con un representante de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE de este Ministerio.

Que habiéndose cumplido con las normas de publicidad que rigen la mencionada licitación, el día 10 de febrero de 2015 se realizó el Acto de Apertura de Ofertas, habiendo presentado Oferta la Empresa INGEVAMA SOCIEDAD ANÓNIMA INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN.

Que habiendo tomado intervención la COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS (CEO) a efectos de analizar el cumplimiento por parte del oferente de los requisitos exigidos por los Pliegos que rigen la mencionada Licitación, consideró que la Oferta Alternativa presentada por el único Oferente resulta ser inadmisible por estar condicionada, ya que solicita un anticipo del VEINTE POR CIENTO (20%) para la compra de materiales y equipos, cuestión no prevista en los Pliegos de la presente Licitación.

Que la Oferta Base presentada por dicha firma, resulta ser admisible y elegible, toda vez que la misma cumple con los requerimientos de los pliegos, desde el punto de vista administrativo, legal, técnico y económico-financiero.

Que la COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS (CEO), consideró conveniente la oferta presentada la Empresa INGEVAMA SOCIEDAD ANÓNIMA INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN por la suma total de PESOS CUARENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS VEINTE CON 48/100 ($ 43.692.520,48) Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido, conforme lo determina el artículo 20 del Pliego de Cláusulas Especiales.

Que el resultado del Dictamen referido fue publicado en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA y el oferente ha sido notificado del acto de preadjudicación.

Que en el presente procedimiento licitatorio no fue impugnado en los términos del artículo 23 del Pliego de Cláusulas Especiales.

Que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SECRETARÍA DE TRANSPORTE de este Ministerio, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 13064 y el Decreto N° 2148 de fecha 7 de noviembre de 2012.

Por ello,

EL MINISTRO
DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Aprobar todo lo actuado en la presente Licitación Pública destinada a la “Readecuación y Ampliación de la Terminal de Pasajeros” del Aeropuerto “EL TEHUELCHE” de la Ciudad de PUERTO MADRYN, Provincia del CHUBUT.

ARTÍCULO 2° — Declarar inadmisible la Oferta Alternativa presentada por INGEVAMA SOCIEDAD ANÓNIMA INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN, por las razones expuestas en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3° — Adjudícase a la Oferta Base presentada por la Empresa INGEVAMA SOCIEDAD ANÓNIMA INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN para la realización de la Obra “Readecuación y Ampliación de la Terminal de Pasajeros” del Aeropuerto “EL TEHUELCHE” de la Ciudad de PUERTO MADRYN, Provincia del CHUBUT, por la suma total de PESOS CUARENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS VEINTE CON 48/100 ($ 43.692.520,48) Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido, por las razones expuestas en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 4° — Apruébase el modelo de Contrato de Obra Pública que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 5° — Autorízase al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE de este Ministerio, a suscribir con la empresa adjudicataria el Contrato de Obra Pública aprobado por el Artículo 4° de la presente medida.

ARTÍCULO 6° — Determínase que los gastos que demande la presente resolución serán atendidos con los fondos existentes en la Cuenta Fiduciaria del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA N° 4124649 “Patrimonio de Afectación para el Financiamiento de Obras del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA)” del FIDEICOMISO DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS.

ARTÍCULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte.

ANEXO
CONTRATO DE OBRA PÚBLICA N° .../2015
(FIDEICOMISO DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS)
Entre el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), representado en este acto por su presidente, Doctor Gustavo Andrés LIPOVICH, DNI N° 25.863.499, con domicilio en la calle Avenida Corrientes 441 Planta Baja, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en adelante “EL ORGANISMO” por una parte; y por otra la Empresa INGEVAMA SOCIEDAD ANÓNIMA INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN, representada en este acto por ..............................................................................; en su carácter de apoderado de la referida Empresa, cuya personería demuestra con la documentación que para constancia se agrega al presente; adjudicataria de la Licitación Pública Nacional (FIDEICOMISO - ORSNA) N° 04/14 con domicilio en la calle .........................................................................., se conviene celebrar el presente contrato sujeto a las cláusulas que a continuación se enuncian:
CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO: La firma precitada que en adelante se denominará “EL CONTRATISTA” se obliga a llevar a cabo los trabajos relacionados con la ejecución de las obras necesarias para realizar la Readecuación y Ampliación de la Terminal de Pasajeros del Aeropuerto “EL TEHUELCHE” de la Ciudad de PUERTO MADRYN, PROVINCIA DEL CHUBUT, en un todo de acuerdo a la documentación que se refiere la cláusula segunda.
CLÁUSULA SEGUNDA: DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte integrante de este Contrato: Pliego de Cláusulas Generales, Pliego de Cláusulas Especiales, Pliego de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares, Memoria Descriptiva, Planos y Planillas Anexas, Pliego de Normas de Higiene y Seguridad del Trabajo y la oferta del adjudicatario en la presente Licitación Pública.
CLÁUSULA TERCERA: SISTEMA DE CONTRATACIÓN: Los trabajos enunciados en la CLÁUSULA PRIMERA se contratan por el sistema de “AJUSTE ALZADO”.
CLÁUSULA CUARTA: MONTO DEL CONTRATO: El monto de este contrato, por la ejecución total de la obra descripta en la CLÁUSULA PRIMERA asciende a la suma de PESOS CUARENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS VEINTE CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 43.692.520,48), IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) incluido, pagadero conforme al Artículo 37 del Pliego de Cláusulas Especiales.
CLÁUSULA QUINTA: PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA: El Plazo de Ejecución de Obra será de CIENTO OCHENTA (180) días corridos, contados a partir de la fecha del Acta de Inicio de Obra, todo ello de acuerdo a lo establecido en los Pliegos aprobados en la presente Licitación Pública.
CLÁUSULA SEXTA: GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: En cumplimiento de lo establecido en el Artículo 26 del Pliego de Cláusulas Especiales. “EL CONTRATISTA” acompaña en este acto ..................................................................................................................................................................................................................................................................................................................
CLÁUSULA SÉPTIMA: FONDO DE REPARO: Del importe de cada certificado se descontará el CINCO POR CIENTO (5%) para constituir el Fondo de Reparo, que se retendrá juntamente con la garantía de cumplimiento contractual; ambos fondos serán devueltos al Contratista una vez efectuada y aprobada la recepción definitiva de las obras.
Se permitirá sustituir el fondo de reparo en efectivo por una fianza bancaria a entera satisfacción de la Dirección, en las condiciones fijadas por los Artículos 2° y 3° del Decreto N° 5.742 de fecha 12 de abril de 1954, o por títulos o bonos nacionales, como asimismo por póliza de seguro de caución en las condiciones establecidas por la Ley N° 17.804 y el Decreto N° 411 de fecha 31 de enero de 1969.
CLÁUSULA OCTAVA: RESCISIÓN DEL CONTRATO: Se aplicarán las normas establecidas en la Ley de Obras Públicas N° 13.064, sus decretos complementarios y los Pliegos de la presente Licitación.
CLÁUSULA NOVENA: JURISDICCIÓN: Para dirimir cualquier divergencia que se origine como consecuencia del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales en lo Contencioso Administrativo Federal de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, renunciando a todo otro fuero o jurisdicción.
Para todos los efectos que se deriven de este Contrato, las partes contratantes constituyen los siguientes domicilios especiales: EL ORGANISMO, en la calle Av. Corrientes 441 Planta Baja, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y EL CONTRATISTA, calle ......................................................, en los que serán válidas todas las notificaciones y/o comunicaciones que se cursaren.
En prueba de conformidad con el presente contrato, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a los ..... días del mes de .................... del 2015.

e. 31/07/2015 N° 130994/15 v. 31/07/2015

Fecha de publicación 31/07/2015