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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 2281/2015

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el artículo 43° de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, el Expediente N° 8766/2014/INCAA, la Resolución N° 915/2015/INCAA y;

CONSIDERANDO:

Visto el convenio de producción de la película documental “20 AÑOS BREVES” Aprobado por Resolución N° 915/2015/INCAA (fs. 29/37), de la cual el INCAA es el productor y Bebe Kamin el realizador.

Teniendo en cuenta la actualización presupuestaria presentada por el realizador (fs. 54/60) que la misma es un 17,49% superior al presupuesto inicial en un lapso de 9 meses y que dicho presupuesto económico actualizado fue aprobado por disposición N° 105/2015 de la Gerencia de Fomento (fs. 62/63).

Visto la nota presentada por el realizador obrante a fs. 54 donde informa que es de conocimiento público que se han producido una serie de incrementos en los costos de los factores que participan en la realización del documental (personal técnico, equipamiento, gastos de producción, etc.) lo que conduce a limitar sensiblemente los resultados en el proceso de realización del documental y donde solicita un incremento en el presupuesto de producción del documental para lograr en ese modo enfrentar el desafío que significa la realización de un producto cinematográfico que represente una parte fundamental en la historia del cine nacional.

Teniendo en cuenta el informe detallado de la Gerencia de Fomento obrante a fs. 64 donde se considera que el monto del presupuesto actualizado es razonable puesto que el presupuesto inicial de septiembre del 2014 aumenta un 17,49% a junio del 2015, por lo que considera atendible incrementar el aporte total del INCAA para la realización del documental de referencia en dicho porcentaje pasando el mismo de $ 656.475 a $ 771.358,12, modificando la cláusula cuarta del convenio de producción en tal sentido.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y la Gerencia de Fomento han tomado intervención al respecto.

Que la facultad para el dictado de la presente surge de la ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias.

Que corresponde dictar Resolución al respecto.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Modifíquese la cláusula cuarta del Anexo II de la Resolución 915/2015INCAA que quedará redactado de la siguiente manera:
“CUARTA: El aporte total del INSTITUTO para la realización del cortometraje documental será de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON DOCE CENTAVOS ($ 771.358,12.-), que debe aplicarse en su totalidad a la producción de la película. Dicho aporte se efectivizará de acuerdo a lo establecido en la cláusula siguiente”.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese a la Gerencia de Fomento y a la Gerencia de Administración, publíquese y dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — LUCRECIA CARDOSO, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

e. 04/08/2015 N° 131787/15 v. 04/08/2015

Fecha de publicación 04/08/2015