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3 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL

Resolución 10974/2015

Bs. As., 07/07/2015

VISTO el Expediente N° E-47125-2015 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la renovación de un servicio de provisión de combustibles y lubricantes para la flota de automotores de este MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, por un monto de PESOS OCHO MILLONES CIEN MIL ($ 8.100.000.-) equivalente al consumo estimado de nueve (9 meses) o hasta agotar el consumo estimado, solicitado por el Departamento de Servicios Generales, mediante Memo N° 1629/2015.

Que conforme el Decreto N° 1189/2012 las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional comprendidas en el artículo 8°, inciso a), de la Ley N° 24.156 deberán contratar con YPF Sociedad Anónima la provisión de combustible y lubricantes para la flota de automotores, embarcaciones y aeronaves oficiales.

Que, en el marco de la Carta de Adhesión al Programa YPF EN RUTA aprobada oportunamente mediante Resolución SCyMI N° 12306/2013, se emitió la Orden de Compra N° 584/2014 a favor de la citada firma por un servicio similar, cuyo monto se encuentra próximo a agotar.

Que obra el Pliego de Bases y Condiciones Particulares elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros, en base a los lineamientos determinados en la Carta de Adhesión citada, el que ha sido debidamente conformado por el área requirente.

Que en consecuencia tramita la Contratación Directa N° 256/2015, enmarcada en las previsiones del artículo N° 25, inciso d), apartado 8) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 27 y 144 del Anexo al Decreto N° 893/2012, sus modificatorios y complementarios, lo establecido en el Decreto N° 1189/2012 y la Resolución SCyMI N° 12306/2013.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios, N° 1189/2012 y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002 modificatorios y complementarios, N° 112 de fecha 10 de diciembre de 2011 y Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

EL SECRETARIO
DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL
DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances del artículo N° 25, inciso d), apartado 8) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos Nros. 19, 27 y 144 del Anexo al Decreto N° 893/2012, sus modificatorios y complementarios y el Decreto N° 1189/2012, tendiente a lograr la prestación de un (1) servicio de provisión de combustibles y lubricantes para la flota de automotores de este MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, hasta la suma total de PESOS OCHO MILLONES CIEN MIL ($ 8.100.000.-), previsto para nueve (9) meses, o hasta agotar el consumo estimado, solicitado por el Departamento de Servicios Generales, mediante Memo N° 1629/2015.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra la presente como Anexo I.

ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 256/2015, conforme las pautas detalladas en el Artículo 1° de la presente.

ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 256/2015 a la firma YPF SOCIEDAD ANÓNIMA, hasta la suma total de PESOS OCHO MILLONES CIEN MIL ($ 8.100.000.-), acorde lo aprobado en el Artículo 1° y lo expuesto en los Considerados de la presente.

ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS OCHO MILLONES CIEN MIL ($ 8.100.000.-), con cargo a los créditos del Presupuesto de este Ministerio para los ejercicios que correspondan.

ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Cdor. CARLOS D. CASTAGNETO, Secretario de Coordinación y Monitoreo Institucional, Ministerio de Desarrollo Social.

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES / CONVENIO

e. 04/08/2015 N° 132037/15 v. 04/08/2015

Fecha de publicación 04/08/2015