ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE LA PLATA
VISTO el estado de la actuación 12064-6-2006/3, y atento la incomparencia del causante en los plazos conferidos para la contestación de la corrida de vista pese a estar debidamente notificado, DECLARASE LA REBELDIA del importador/exportador PADDOCK S.R.L, CUIT N° 30-62416904-9, en los términos del art. 1105 del Código Aduanero, CONSIDERASE domicilio constituido el de esta Oficina Aduanera, (el art. 1004 C.A), donde quedaran notificadas de pleno derecho todas las providencias y resoluciones que se dictaren en la forma prevista por el art. 1013 inc g) del C.A. NOTIFIQUESE. Toda presentación deberá efectuarse ante la oficina Sumarios de esta Aduana sita en calle GILBERTO GAGGINO Y ORTIZ DE ROSAS (1925) de la Localidad de ENSENADA. Fdo. RAUL ALFREDO ASTORGA ALANIS - “ADMINISTRADOR de la DIV. ADUANA DE LA PLATA”.
Sr. RAÚL ALFREDO ASTORGA ALANIS, Administrador (I), División Aduana de La Plata.
e. 06/08/2015 N° 132781/15 v. 06/08/2015
Fecha de publicación 06/08/2015