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Primera sección


PERSONAL MILITAR

Decreto 1485/2015

Nómbrase en “Misión Permanente” Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico.

Bs. As., 30/07/2015

VISTO lo informado por el señor Jefe del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, lo propuesto por el señor MINISTRO DE DEFENSA, y

CONSIDERANDO:

Que es de interés para el ESTADO NACIONAL y las FUERZAS ARMADAS, mantener las Agregadurías de Defensa en el Exterior a los fines de estrechar los lazos de cooperación y amistad entre las FUERZAS ARMADAS de la región pertinente.

Que es necesario proceder al relevo del Personal Militar Superior de las FUERZAS ARMADAS que cumple funciones en el exterior como Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico.

Que el MINISTERIO DE DEFENSA seleccionó al Coronel D. Néstor Raúl SANCHEZ para desempeñarse como Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico a la EMBAJADA de la REPÚBLICA ARGENTINA en la REPÚBLICA FRANCESA, con extensión sobre el REINO DE BÉLGICA y la REPÚBLICA PORTUGUESA.

Que la ASESORÍA JURÍDICA del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, Inciso 12 de la CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA y del artículo 10 de la Ley N° 20.957 del Servicio Exterior de la Nación y sus modificatorias.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Nómbrase en “Misión Permanente” y por el término de SETECIENTOS TREINTA (730) días, a partir de la firma del presente Decreto, al Coronel D. Néstor Raúl SANCHEZ (DNI N° 16.131.633) como Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico a la EMBAJADA de la REPÚBLICA ARGENTINA en la REPÚBLICA FRANCESA con extensión sobre el REINO DE BÉLGICA y la REPÚBLICA PORTUGUESA.

Art. 2° — El ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO (Contaduría General del Ejército), procederá a liquidar y abonar los montos correspondientes, conforme a las normas y reglamentaciones en vigencia, a efectos de cumplir con la designación establecida.

Art. 3° — Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto serán imputados a las partidas del Presupuesto General de la Administración Nacional del Ejercicio 2015 y a los créditos que a tal efecto se prevean para los años sucesivos - Jurisdicción 4521 - ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO.

Art. 4° — Por la DIRECCIÓN NACIONAL DE CEREMONIAL se otorgarán los pasaportes correspondientes.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman. — Agustín O. Rossi.

Fecha de publicación 10/08/2015