Edición del
2 de Mayo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

Resolución 686/2015

Bs. As., 04/08/2015

VISTO el Expediente N° 24.782/2014 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2015 formulado por CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA PARA LA ARMADA EMPRESA DEL ESTADO (COVIARA), actuante en el área de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, determinan que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO
DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2015 de CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA PARA LA ARMADA EMPRESA DEL ESTADO (COVIARA) actuante en el área de la SECRETARÍA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II, adjuntos a la presente resolución, respectivamente.

ARTICULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES ($ 151.759.293) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA ($ 171.894.930) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PÉRDIDA DE OPERACIÓN) estimado en PESOS VEINTE MILLONES CIENTO TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE ($ 20.135.637), de acuerdo al detalle que figura en las Planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.

ARTÍCULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES ($ 178.539.733) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS CIENTO OCHENTA MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES ($ 180.439.253) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (DESAHORRO) estimado en PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS VEINTE ($ 1.899.520), de acuerdo con el detalle que figura en las Planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.

ARTÍCULO 4° — Estímense en la suma de PESOS SETENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO ($ 71.533.224) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 62.500) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente resolución, estimase el Resultado Financiero (SUPERÁVIT) para el Ejercicio 2015 en PESOS SESENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUATRO ($ 69.571.204), de acuerdo con el detalle que figura en las Planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.

e. 10/08/2015 N° 133650/15 v. 10/08/2015

Fecha de publicación 10/08/2015