ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE DIAMANTE
EDICTO
La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS notifica en los términos del Art. 1013, inc. h) al Sr. JOSE MARIA HASENAUER M.I. N° 5.406.710 en el Sumario Contencioso n° 020-SC-5-2012/K, que tramita la Aduana de Diamante, de la Resolución N° 62/2013 (AD DIAM) de fecha 29/11/2013 y Resolución N° 677/15 (SDG TLA) de fecha 08/05/15. por la cual se resuelve ABSOLVER al Sr. Jose Maria Hasenauer, M.I. Nro. 5.406.710, con domicilio en Ruta Nro. 11 Km. 3, Paraná, Entre Rios, por la transgresión al Art. 970, en los términos del art. 1097 del Código Aduanero - Se hace saber que la presente resolución agota la instancia administrativa y que pueden ejercer la via recursiva contemplada en los Arts. 1132 y 1133 del C.A. Como así también, en art. 23 y 25 inc. a) de la Ley 19549, a través de la acción judicial por ante el Juzgado Federal competente. Fdo. Juan Carlos Saucedo, Administrador Div. Aduana de Diamante.
Diamante, 4 AGO 2015
Abogado JUAN CARLOS SAUCEDO, Administración Aduana de Diamante.
e. 11/08/2015 N° 133937/15 v. 11/08/2015
Fecha de publicación 11/08/2015