MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS
Resolución 388/2015
Bs. As., 28/07/2015
VISTO el Expediente N° E-INAI-50959-2014 del Registro del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios, y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la contratación de un servicio “puerta a puerta” para el traslado de documentación entre la Mesa de Entradas de este Instituto, ubicado en Bartolomé Mitre N° 2815, primer piso, oficinas 119-120, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y las oficinas territoriales ubicadas en el interior del país, por un período de doce (12) meses.
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros procedió a elaborar un proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares/ Convenio para la contratación del servicio descripto.
Que atento a ello, se solicitó al CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. un presupuesto por la prestación del servicio en cuestión, teniendo en cuenta los términos del Pliego de Bases y Condiciones citado y en su condición de Sociedad cuyas acciones son propiedad del Estado Nacional, en función de lo establecido en el Decreto N° 721/2004.
Que se ha incorporado el presupuesto requerido que contempla el valor mensual del servicio y se consignan los excedentes de peso o frecuencia, los cuales serán tenidos en cuenta solo en caso de producirse dichas excepcionalidades, considerándose a los fines de su facturación como un concepto complementario del respectivo contrato.
Que en función de la naturaleza e implementación de dicho servicio, se tramita la Contratación Directa INAI N° 1/2015, enmarcada en las previsiones del artículo 25, inciso d, apartado 8) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 27 y 144 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 23.302 y su Decreto reglamentario N° 155/89, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del sector Público Nacional, los Decretos N° 357/2002 modificatorios y complementarios y N° 120 de fecha 10 de diciembre de 2011.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances del artículo 25, inciso d), apartado 8) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 27 y 144 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la contratación de un servicio “puerta a puerta” para el traslado de documentación entre la Mesa de Entradas de este Instituto, ubicado en Bartolomé Mitre N° 2815, primer piso, oficinas 119-120, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y las oficinas territoriales ubicadas en el interior del país, por un período de doce (12) meses.
ARTÍCULO 2° — Apruébase el proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares / Convenio, que se agrega como Anexo a la presente.
ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa INAI N° 1/2015 conforme las pautas detalladas en el Artículo 1° de la presente.
ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa INAI N° 1/2015 al CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON OCHO CENTAVOS ($ 419.686,08), acorde las causales expuestas en los Considerandos de la presente.
ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende hasta la suma de PESOS CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON OCHO CENTAVOS ($ 419.686,08), con cargo a los créditos del Presupuesto de este Instituto para los ejercicios que correspondan.
ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.
ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. DANIEL RICARDO FERNANDEZ, Presidente, Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
e. 12/08/2015 N° 134623/15 v. 12/08/2015
Fecha de publicación 12/08/2015