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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

Disposición 527/2015

EXTRACTO DE DISPOSICIÓN N° 527 de fecha 22 de JUNIO de 2015 (SNR).

ARTICULO 1° — Categorízase a la institución “HOGAR SAN FRANCISCO DE LA VIRGEN DE LA MERCED S.A.”, C.U.I.T. N° 30-71451760-7, con domicilio legal y real en la calle Olavarría N° 4759, Código Postal 1678, de la localidad de Caseros, Provincia de Buenos Aires, en las modalidades prestacionales de Centro Educativo Terapéutico y de Hogar con Centro Educativo Terapéutico.

ARTICULO 2° — Encuádrase la atención brindada por el citado establecimiento en las modalidades prestacionales de Centro Educativo Terapéutico sin integración, categoría “A”, con un cupo de sesenta y seis (66) concurrentes en Jornada Simple y/o Doble y de Hogar con Centro Educativo Terapéutico, categoría “A”, con un cupo de ciento setenta y tres (173) residentes en alojamiento permanente, de lunes a viernes y en Jornada Simple y/o Doble.

ARTICULO 3° — Inscríbase a la institución “HOGAR SAN FRANCISCO DE LA VIRGEN DE LA MERCED S.A.”, en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

ARTICULO 4° — Dejáse establecido que la institución “HOGAR SAN FRANCISCO DE LA VIRGEN DE LA MERCED S.A.”, deberá comunicar a la Junta Evaluadora del REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas, todo aumento mayor a cuatro (4) personas de su población asistida, conforme lo regulado en el punto 8.2.4 de la Resolución N° 02/13 (P.D.S.P.B.A.I.P.D).

ARTICULO 5° — Contra el presente acto podrá deducirse el Recurso de Reconsideración previsto en el artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991) el que deberá interponerse en el plazo de diez (10) días de notificada la presente.

ARTICULO 6° — Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Dra. MARCELA ALEJANDRA GABA, Directora, Servicio Nacional de Rehabilitación.

e. 14/08/2015 N° 135599/15 v. 14/08/2015

Fecha de publicación 14/08/2015