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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TURISMO

Decreto 1573/2015

Danse por prorrogadas designaciones.

Bs. As., 04/08/2015

VISTO el Expediente N° STN:0000684/2013 del Registro del MINISTERIO DE TURISMO, la Ley N° 27.008, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 681 de fecha 12 de mayo de 2014 fueron prorrogadas, entre otras, las designaciones transitorias del señor D. Sergio Daniel BOTELLO (M.I. N° 18.191.591) en el cargo Nivel E, Grado 0, de Chofer de la Dirección de Compras, Patrimonio y Suministros de la Dirección General de Administración de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE TURISMO; de la señora Da. Alicia Adriana CARUSO (M.I. N° 11.811.445) en el cargo Nivel B, Grado 0, de Responsable de Relaciones Públicas y Ceremonial de la Coordinación General de Unidad Ministro del MINISTERIO DE TURISMO; de la Licenciada Da. Cristina Alejandra GIMELLI (M.I. N° 17.305.776) en el cargo Nivel B, Grado 0, de Asistente Técnico de la citada Coordinación General de Unidad Ministro; de la señora Da. Juliana Sandra MARTÍNEZ (M.I. N° 13.633.847) en el cargo Nivel C, Grado 0, de Asistente Técnico de la Dirección de Contabilidad y Finanzas de la Dirección General de Administración de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE TURISMO y del señor D. Favio Martín RIVAS (M.I. N° 24.276.918) en el cargo Nivel D, Grado 0, de Asistente Técnico de la mencionada Coordinación General de Unidad Ministro.

Que los referidos cargos debían ser cubiertos conforme el proceso de selección vigente en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Que razones operativas hacen necesario prorrogar las designaciones transitorias mencionadas, atento a no haberse podido dar cumplimiento al proceso de selección establecido en la norma mencionada en el considerando anterior.

Que las personas involucradas en la presente medida se encuentran actualmente desempeñando los cargos para los que fueron oportunamente designados con carácter transitorio.

Que la Dirección General de Administración y la Dirección General de Recursos Humanos y Organización, ambas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE TURISMO, han tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TURISMO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el Artículo 1° del Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Danse por prorrogadas, a partir de su vencimiento y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir de la fecha del presente decreto, las designaciones transitorias de las personas en los cargos, niveles y grados del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, en el MINISTERIO DE TURISMO, efectuadas por conducto de los decretos y cuyas prórrogas se indican en el Anexo de la presente medida.

Art. 2° — Las prórrogas de las designaciones transitorias del señor D. Sergio Daniel BOTELLO (M.I. N° 18.191.591), de la señora Da. Alicia Adriana CARUSO (M.I. N° 11.811.445), de la señora Da. Juliana Sandra MARTÍNEZ (M.I. N° 13.633.847) y del señor D. Favio Martín RIVAS (M.I. N° 24.276.918) se efectúan con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098/08.

Art. 3° — Los cargos involucrados en el Artículo 1° deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.) homologado por el Decreto N° 2.098/08, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente acto.

Art. 4° — El gasto derivado de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto correspondiente a la Jurisdicción 53 - MINISTERIO DE TURISMO.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández — Carlos E. Meyer.

ANEXO

Fecha de publicación 14/08/2015