MINISTERIO DE SALUD
Resolución 1270/2015
Bs. As., 19/08/2015
VISTO el Expediente N° 1-2002-16539-14-9 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y la Resolución Ministerial N° 2281 del 17 de diciembre de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Ministerial N° 2281 del 17 de diciembre de 2014 se aprobaron las Becas “Ramón Carrillo - Arturo Oñativia” para el año 2015, tanto el número de becas a otorgar como los montos de las asignaciones, finalizando la Convocatoria y el proceso de selección de becarios el día 15 de abril de 2015.
Que corresponde designar a los beneficiarios titulares de las citadas Becas para iniciar actividades el 15 de mayo de 2015, y que las mismas tendrán una duración de UN (1) año, finalizando el día 15 de mayo de 2016.
Que la ejecución de las Becas señaladas en la presente Resolución asegura el desarrollo eficiente de los recursos humanos en salud, mediante la formación de investigadores de reciente inicio.
Que los resultados de estas investigaciones estratégicas aportarán propuestas para la toma de decisiones en políticas de salud en todos los niveles de gestión del Sistema.
Que son propósitos de la COMISIÓN NACIONAL SALUD INVESTIGA: A) promover, fortalecer, desarrollar, y orientar la investigación en salud, siendo de su competencia la coordinación, evaluación y financiamiento de la misma y B) promover la rectoría del Ministerio de Salud de la Nación en el desarrollo y fortalecimiento de un sistema Nacional de Investigación para la salud, constituido por los actores que gobiernan, gestionan, coordinan, requieren, producen, comunican o utilizan la investigación y sus resultados, y que es concebido como un proceso de producción del conocimiento en relación a las condiciones de salud y a las respuestas sociales que se implementan para mejorarlas.
Que se cuenta con la conformidad de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACION, dependiente de la SECRETARÍA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en virtud de las facultades otorgadas por la Ley de Ministerios N° 22.520, Artículo 23 ter - (T.O. Decreto N° 438/92).
Por ello,
EL MINISTRO
DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Aprobar DIECISEIS (16) Becas anuales “RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA” categoría Clínica de Iniciación, desde el 15 de mayo de 2015 hasta el 15 de mayo de 2016, por un monto total de PESOS OCHOCIENTOS MIL ($ 800.000.-) a razón de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-) cada una, con la siguiente distribución: PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 45.000.-) anuales en concepto de estipendio para el becario y PESOS CINCO MIL ($ 5.000.-) destinados a la Institución respaldatoria de cada becario, cuya nómina de becarios figura en el ANEXO I de la presente, modificándose en tal sentido el ANEXO II de la Resolución Ministerial N° 2281 del 17 de diciembre de 2014.
ARTÍCULO 2° — Aprobar OCHO (8) Becas anuales “RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA” categoría Clínica de Perfeccionamiento desde el 15 de mayo de 2015 hasta el 15 de mayo de 2016, por un monto total de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000.-) a razón de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-) cada una, con la siguiente distribución: PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 45.000.-) anuales en concepto de estipendio para el becario y PESOS CINCO MIL ($ 5.000.-) destinados a la Institución respaldatoria de cada becario, cuya nómina de becarios figura en el ANEXO II de la presente, modificándose en tal sentido el ANEXO II de la Resolución Ministerial N° 2281 del 17 de diciembre de 2014.
ARTÍCULO 3° — Aprobar CINCUENTA Y CINCO (55) Becas anuales “RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA” categoría Salud Pública de Iniciación desde el 15 de mayo de 2015 hasta el 15 de mayo de 2016, por un monto total de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($ 2.750.000.-) a razón de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-) cada una, con la siguiente distribución: PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 45.000.-) anuales en concepto de estipendio para el becario y PESOS CINCO MIL ($ 5.000.-) destinados a la Institución respaldatoria de cada becario, cuya nómina de becarios figura en el ANEXO III de la presente, modificándose en tal sentido el ANEXO II de la Resolución Ministerial N° 2281 del 17 de diciembre de 2014.
ARTÍCULO 4° — Aprobar TREINTA Y SEIS (36) Becas anuales “RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA” categoría Salud Pública de Perfeccionamiento desde el 15 de mayo de 2015 hasta el 15 de mayo de 2016, por un monto total de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS MIL ($ 1.800.000.-) a razón de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-) cada una, con la siguiente distribución: PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 45.000.-) anuales en concepto de estipendio para el becario y PESOS CINCO MIL ($ 5.000.-) destinados a la Institución respaldatoria de cada becario, cuya nómina de becarios figura en el ANEXO IV de la presente, modificándose en tal sentido el ANEXO II de la Resolución Ministerial N° 2281 del 17 de diciembre de 2014.
ARTÍCULO 5° — Aprobar NOVENTA Y DOS (92) Becas anuales “RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA” para Estudios Multicéntricos de convocatoria por invitación, desde el 15 de mayo de 2015 hasta el 15 de mayo de 2016, por un monto total de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS MIL ($ 4.600.000.-) a razón de PESOS CINCUENTA MIL (50.000.-) cada una de las NOVENTA Y DOS (92) Becas, con la siguiente distribución: PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 45.000.-) anuales en concepto de estipendio para el becario y PESOS CINCO MIL ($ 5.000.-) destinados a la Institución respaldatoria de cada becario, cuya nómina de becarios figura en el ANEXO V de la presente, modificándose en tal sentido el ANEXO II de la Resolución Ministerial N° 2281 del 17 de diciembre de 2014.
ARTÍCULO 6° — Aprobar NOVENTA Y TRES (93) Becas anuales “RAMON CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA” para Estudios Multicéntricos de Convocatoria Pública, desde el 15 de mayo de 2015 hasta el 15 de mayo de 2016, por un monto total de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 4.650.000.-) a razón de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-) cada una, con la siguiente distribución: PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 45.000.-) anuales en concepto de estipendio para el becario y PESOS CINCO MIL ($ 5.000.-) destinados a la Institución respaldatoria de cada becario, cuya nómina de becarios figura en el ANEXO VI de la presente, modificándose en tal sentido el ANEXO II de la Resolución Ministerial N° 2281 del 17 de diciembre de 2014.
ARTÍCULO 7° — Las Personas seleccionadas como becarios reúnen los requisitos exigidos en la normativa vigente para su designación y no están comprendidas en situaciones de incompatibilidades u otros impedimentos, habiéndose seguido los reglamentos y procedimientos concursales para su selección y orden establecido.
ARTÍCULO 8° — Agradecer la colaboración prestada por los Miembros de la Comisión y los evaluadores invitados intervinientes en el proceso de evaluación de las Becas “RAMÓN CARRILLO - ARTURO OÑATIVIA” año 2015 en las diferentes categorías. Y agradecer también la valiosa colaboración del Comité de Ética “Ad - Hoc” de la Comisión Nacional Salud Investiga Presidido por la Dra. Patricia SAIDÓN.
ARTÍCULO 9° — Impútese el gasto a que hace lugar esta medida al Programa 19, Actividad 1, Inciso 3.9.6 con cargo al ejercicio correspondiente al año 2015 por una suma de PESOS QUINCE MILLONES ($ 15.000.000.-) del cual deberá efectivizarse el CINCUENTA POR CIENTO (50%) a partir del 15 de mayo de 2015 y el CINCUENTA POR CIENTO (50%) restante a partir de noviembre de 2015, instruyendo el pago de este segundo tramo con fecha de vencimiento 15 de noviembre de 2015, requiriendo este pago semestral de la aprobación técnica por parte de la COMISIÓN NACIONAL SALUD INVESTIGA.
ARTÍCULO 10. — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Cumplido, archívese. — Dr. DANIEL GUSTAVO GOLLAN, Ministro de Salud.
e. 26/08/2015 N° 138676/15 v. 26/08/2015
Fecha de publicación 26/08/2015