MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 721/2015
Bs. As., 28/08/2015
VISTO el Expediente N° EXP-S01:0449617/2008 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que la Firma INDUSTRIAS JUAN F. SECCO SOCIEDAD ANÓNIMA comunica a la SECRETARÍA DE ENERGÍA la transferencia de la titularidad como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM), en el marco de la Resolución SECRETARÍA DE ENERGÍA N° 144 de fecha 19 de noviembre de 2014, de la Central Térmica RAFAELA de DIECINUEVE CON DOS DÉCIMOS MEGAVATIOS (19,2 MW) de potencia, instalada en la Localidad de RAFAELA, Provincia de SANTA FE. La Central Térmica RAFAELA se vincula al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a través de la barra de TRECE CON DOS DÉCIMOS KILOVOLTIOS (13,2 kV) de la Estación Transformadora RAFAELA OESTE, jurisdicción de la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE (EPE SE).
Que la tramitación como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de la Central Térmica RAFAELA fue iniciada por ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA), habiendo obtenido por parte de la SECRETARIA DE ENERGÍA el correspondiente ingreso provisorio.
Que la Firma INDUSTRIAS JUAN F. SECCO SOCIEDAD ANÓNIMA ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.
Que mediante Resolución N° 0103 de fecha 17 de diciembre de 2008, la SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE de la PROVINCIA DE SANTA FE resolvió aprobar el Estudio de Impacto Ambiental de la “Planta de Generación Eléctrica Temporal” a instalarse en la Localidad de RAFAELA presentado por ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA).
Que la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO (CAMMESA), mediante Nota B-94497-1 de fecha 15 de diciembre de 2014, informa que la Firma INDUSTRIAS JUAN F. SECCO SOCIEDAD ANÓNIMA cumple los requisitos exigidos en los puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de Los Procedimientos para su ingreso y administración del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM).
Que la solicitud de ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de la Central Térmica RAFAELA se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA N° 33.081 de fecha 3 de marzo de 2015, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente.
Que la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA dependiente de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DÉ PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROSPECTIVA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA han tomado la intervención que les compete.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que las atribuciones para el dictado del presente acto surgen del Artículo 12 del Decreto N° 2.743 de fecha 29 de diciembre de 1992, del Artículo 37 de la Ley N° 15.336 y de los Artículos 35, 36 y 85 de la Ley N° 24.065.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase el ingreso como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la Firma INDUSTRIAS JUAN F. SECCO SOCIEDAD ANÓNIMA para su Central Térmica RAFAELA de DIECINUEVE CON DOS DÉCIMOS MEGAVATIOS (19,2 MW) de potencia, instalada en la Localidad de RAFAELA, Provincia de SANTA FE y vinculada al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a través de la barra de TRECE CON DOS DÉCIMOS KILOVOLTIOS (13,2 kV) de la Estación Transformadora RAFAELA OESTE, jurisdicción de la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE (EPE SF).
ARTÍCULO 2° — La Firma INDUSTRIAS JUAN F. SECCO SOCIEDAD ANÓNIMA deberá verificar simultáneamente con los controles de emisiones por chimenea el cumplimiento de la normativa emitida por la Autoridad Provincial competente en lo que respecta a la calidad de aire atmosférico, verificando los valores obtenidos mediante la aplicación de los modelos de dispersión implementados en la correspondiente Evaluación del Impacto Ambiental y las determinaciones efectuadas. Los períodos de implementación de controles deberán ajustarse a los requerimientos que el ámbito Provincial haya especificado en la respectiva autorización ambiental y a los del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a la Firma INDUSTRIAS JUAN F. SECCO SOCIEDAD ANÓNIMA, a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), a la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE (EPE SF) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.
e. 03/09/2015 N° 141192/15 v. 03/09/2015
Fecha de publicación 03/09/2015