JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 1785/2015
Dase por prorrogada designación en la Dirección General Técnico Administrativa.
Bs. As., 31/08/2015
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0030282/2015 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 27.008, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 1563 del 30 de agosto de 2012 y 435 del 18 de marzo de 2015 y lo solicitado por la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVA de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.008 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015.
Que mediante el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de Planta Permanente y no Permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que mediante el Decreto N° 1563 del 30 de agosto de 2012 se dio por designado transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a D. Ricardo Alberto TORRES como Delegado de Despacho y Mesa de Entradas —Subsecretaría de Gestión y Empleo Público— de la DIRECCIÓN DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVA de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que resulta necesario efectuar la prórroga de la designación citada precedentemente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que el Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 4 del 15 de marzo de 2002.
Que el agente involucrado en la presente medida, se encuentra exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto N° 601/02 y su modificatorio, reglamentario del Decreto N° 491/02 por haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dáse por prorrogada la designación transitoria efectuada mediante el Decreto Nro. 1563 del 30 de agosto de 2012 y cuya última prórroga se efectuó por el Decreto N° 435 del 18 de marzo de 2015, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a partir del 29 de mayo de 2015 de D. Ricardo Alberto TORRES (D.N.I. N° 18.321.075), en un cargo Nivel C Grado 9 del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) como Delegado de Despacho y Mesa de Entradas —Subsecretaría de Gestión y Empleo Público— de la DIRECCIÓN DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVA de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y con carácter de excepción a lo establecido en el artículo 14, Título II, Capítulo III del Convenio mencionado precedentemente.
Art. 2° — El cargo mencionado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 29 de mayo de 2015.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del Presupuesto vigente de la JURISDICCIÓN 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández.
Fecha de publicación 07/09/2015