ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Resolución 3477/2015
Bs. As., 02/09/2015
VISTO el Expediente N° 27141 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), lo dispuesto en los Decretos N° 1023/2001 y N° 893/2012 y en la Resolución ENARGAS N° I/2278, del 24 de agosto de 2012 y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución ENARGAS N° I/3417, del 06 de julio de 2015, este Organismo resolvió: a) aprobar la convocatoria al Concurso Público N° 05/2015, iniciado para la adquisición de UN (1) dispositivo para almacenamiento de datos tipo SAN (Storage Area Network), UN (1) switch de fibra óptica y DOS (2) placas de fibra óptica para el Storage NetApp FAS 2240, de conformidad a lo establecido en el ANEXO I - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES (Art. 1°); b) aprobar el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que como Anexo integra ese decisorio (Art. 2°) y c) instruir a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN para que, dentro de los CINCO (5) días de aprobada la convocatoria al Concurso Público N° 05/2015, implemente todas las medidas procedimentales fijadas en la normativa aplicable y establezca el lugar, día y hora en que se realizaría el acto de Apertura de Sobres (Art. 3°).
Que obra en autos las constancias que acreditan la publicación del presente llamado por DOS (2) días en el BOLETÍN OFICIAL.
Que se informó de la convocatoria a la UNIÓN ARGENTINA DE PROVEEDORES DEL ESTADO —U.A.P.E.— para su difusión. Asimismo, se encuentran glosadas en autos las constancias que prueban que diversas firmas del rubro fueron invitadas a cotizar en el marco de la presente compra.
Que del acta de Apertura de Sobres, de fecha 05 de agosto de 2015, surge que el único oferente fue la firma ACSYS S.A.
Que obran en autos la Constancia de Inscripción ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y el Informe de Balance de Cierre de Ejercicio Declaración Jurada de la firma ACSYS S.A.
Que se encuentra incorporada al Expediente de marras la constancia que acredita que el oferente no presenta sanciones laborales publicadas en el listado del REGISTRO PÚBLICO DE EMPLEADORES CON SANCIONES LABORALES, vigente al 06 de agosto de 2015.
Que el ÁREA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, dependiente de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN, elaboró, en fecha 06 de agosto de 2015, el Análisis Formal de Ofertas.
Que, en fecha 07 de agosto de 2015, la GERENCIA DE REGIONES Y EXPANSIONES realizó el análisis técnico de la oferta presentada.
Que se encuentra glosada al Expediente la Solicitud de Crédito, de fecha 10 de agosto de 2015, mediante la cual el ÁREA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES solicitó al ÁREA DE PRESUPUESTO que informe la existencia de crédito presupuestario para afrontar la diferencia entre el monto requerido en la Solicitud de Gastos N° 80/2015 y la única oferta presentada en el Concurso Público N° 05/2015, para la adquisición de UN (1) dispositivo para almacenamiento de datos tipo SAN (Storage Area Network), UN (1) switch de fibra óptica y DOS (2) placas de fibra óptica para el Storage NetApp FAS 2240, para el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, por un valor de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 5.790,85).
Que el ÁREA DE PRESUPUESTO respondió a la requisitoria, el día 11 de agosto de 2015, indicando que: “Con relación al Expediente N° 27.141, por el que tramita la adquisición de un STORAGE, se informa que a la fecha existe crédito suficiente en la partida presupuestaria donde debe imputarse el citado gasto, a fin de afrontar el mayor costo surgido en la única oferta presentada, incrementándose en $ 5.790,85...”.
Que se encuentra incorporada al Expediente de marras la constancia que acredita que el oferente no presenta sanciones laborales publicadas en el listado del REGISTRO PÚBLICO DE EMPLEADORES CON SANCIONES LABORALES, vigente al 11 de agosto de 2015.
Que obra glosado a estos actuados el DICTAMEN DE EVALUACIÓN ENARGAS N° 25/15, del 11 de agosto de 2015, en el que la Comisión Evaluadora, luego de realizar el análisis correspondiente, recomendó: “...a) adjudicar a la firma ACSYS S.A. el Concurso Público N° 05/2015, para la compra de UN (1) dispositivo para almacenamiento de datos tipo SAN (Storage Area Network) NetApp 2552, UN (1) switch de fibra óptica y DOS (2) placas de fibra óptica para el Storage NetApp FAS 2240 para el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, por un importe máximo de $ 961.136,00 (pesos novecientos sesenta y un mil ciento treinta y seis), por cumplir con todos los requisitos solicitados en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y ser una oferta económica razonable. El importe total a adjudicar será imputado en la partida 4.3.6...”.
Que se indicó además que: “... Conforme lo dispuesto en el artículo 93 del Decreto N° 893/2012 —impugnaciones al Dictamen de Evaluación— el Expediente estará a disposición de los oferentes para su vista por el plazo de CINCO (5) días a partir de ser notificados. En concordancia con los criterios de selección estipulados en el artículo 15 del Decreto N° 1023/2001, una vez expirado el plazo establecido en el artículo 93 del Decreto N° 893/2012, y sin haber recibido observaciones ni impugnaciones por parte de los oferentes al presente Dictamen, la autoridad competente podrá dar por aprobada la adjudicación del presente procedimiento (conf. artículo 94 del Decreto N° 893/2012).”.
Que el Artículo 56 del Decreto N° 893/2012 establece que: “Todas las notificaciones entre la jurisdicción o entidad contratante y los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, podrán realizarse válidamente por cualquiera de los siguientes medios, indistintamente: a) por acceso directo de la parte interesada, su apoderado o representante legal al expediente, b) por presentación espontánea de la parte interesada, su apoderado o representante legal, de la que resulten estar en conocimiento del acto respectivo, c) por cédula, que se diligenciará en forma similar a la dispuesta por el artículo 138 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, d) por carta documento, e) por otros medios habilitados por las empresas que brinden el servicio de correo postal, f) por fax, g) por correo electrónico, h) mediante la difusión en el Sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES. Si se pretendiera notificar por este medio se deberá dejar constancia de ello en los pliegos de bases y condiciones particulares, indicando la dirección de dicho sitio de Internet, para que los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes tomen las previsiones necesarias.”.
Que, conforme resulta de las constancias incorporadas al Expediente de marras, el día 14 de agosto de 2015, se notificó al oferente el DICTAMEN DE EVALUACIÓN ENARGAS N° 25/15, por correo electrónico.
Que, en mérito a que el único oferente presentado prestó su consentimiento a lo establecido en el Dictamen de Evaluación citado, mediante un correo electrónico de fecha 14 de agosto de 2015, resulta adecuado el dictado del presente Acto Administrativo (cfr. Art. 94 del Decreto N° 893/2012).
Que esta Autoridad Regulatoria emite este Acto Administrativo de adjudicación, en razón de que la adquisición de los elementos que constituyen el objeto del presente procedimiento, es necesaria para el óptimo desarrollo de las funciones y facultades otorgados al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS.
Que el Servicio Jurídico Permanente del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS ha tomado la intervención que por derecho corresponde.
Que la presente Resolución se dicta teniendo en cuenta la obligación impuesta a la Administración Pública en el Art. 11 y siguientes del Decreto N° 1023/2001 y Decretos N° 571/2007; 1646/2007; 953/2008; 2138/2008; 616/2009; 1874/2009; 1038/2010; 1688/2010; 692/2011; 262/2012; 946/2012; 2686/2012; 1524/2013; 222/2014; 2704/2014 y 1392/2015.
Por ello,
EL INTERVENTOR
DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Adjudicar el Concurso Público N° 05/2015, para la adquisición de UN (1) dispositivo para almacenamiento de datos tipo SAN (Storage Area Network) NetApp 2552, UN (1) switch de fibra óptica y DOS (2) placas de fibra óptica para el Storage NetApp FAS 2240, a favor de la firma ACSYS S.A. por cumplir con todos los requisitos solicitados en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES y ser una oferta económica razonable.
ARTÍCULO 2° — Imputar el importe de la adquisición, que asciende a la suma de PESOS NOVECIENTOS SESENTA Y UN MIL CIENTO TREINTA Y SEIS ($ 961.136,00) en la partida presupuestaria 4.3.6.
ARTÍCULO 3° — Registrar, notificar a la firma ACSYS S.A., dar para su publicación a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archivar. — Ing. ANTONIO LUIS PRONSATO, Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.
e. 07/09/2015 N° 142613/15 v. 07/09/2015
Fecha de publicación 07/09/2015